Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 14 de Diciembre de 2010, expediente 29.776

Fecha de Resolución14 de Diciembre de 2010

Poder Judicial de la Nación 2010 - Año del Bicentenario Sala

  1. Causa n° 29.776 “S., C.A. s/inhibición de bienes”.

    Juzgado Federal n° 4- Secretaría n° 8.

    -Expte. n° 5080/10/3-

    Reg. n° 32.332

    Buenos Aires, 14 de diciembre de 2010.

    Y VISTOS

    Y CONSIDERANDO:

  2. Que vienen las presentes actuaciones a conocimiento y decisión del Tribunal en virtud del recurso de apelación deducido a fs. 6/7 por el Dr.

    M.P.C. contra el auto que decretara la inhibición general de bienes respecto de C.A.S..

    En la oportunidad reglada por el art. 454 del Código Procesal Penal de la Nación (v. fs. 33/36) sostuvo el letrado que no existen elementos que permitan concluir la participación de la nombrada en los hechos objeto de investigación enrostrados a su pareja F.M.F.V. y que en consecuencia, autoricen el dictado de la medida atacada. Entendió que la decisión en cuestión resulta inválida por cuanto el Sr. Juez de grado desconoció

    ...pautas procesales que regulan el dictado de medidas cautelares de carácter económico, normalmente accesorias del auto de procesamiento

    , habiendo ordenado la inhibición sin dictar embargo, fijando la suma pertinente, careciendo de la motivación exigida por el art. 123 del código de rito. Solicitó en definitiva,

    se revoque la medida citada.

    A su turno (v. fs. 37/44) el Dr. J.O.C. por la querellante Obra Social del Personal Rural y Estibadores de la República Argentina, por las razones que allí expusiera, peticionó se confirme la resolución de mentas.

  3. El 15 de septiembre del corriente año (v. fs. 1/3 vta.), teniendo en cuenta los elementos y sumas dinerarias secuestrados en el marco de la investigación llevada a cabo en el principal, así como el monto al que asciende el perjuicio ocasionado por la maniobra presuntamente desplegada ($2.487.140,71),

    el Dr. Lijo procedió al análisis de las medidas “...a tomar en forma preventiva 1

    respecto de los bienes a nombre de F.V. y su entorno familiar más cercano, de conformidad con las disposiciones de los artículos 29, 30 y 32 del Código Penal y 518 del Código Procesal Penal de la Nación”.

    Para ello, evaluó el resultado de las escuchas obtenidas correspondientes a F.V. y S. con anterioridad y luego de los procedimientos practicados -de las que se desprende el interés en realizar inversiones en negocios y adquisición de automotores, ello conforme las constancias de fs. 220/224 de los autos principales- y las manifestaciones de ésta a su madre en cuanto a la posibilidad de anotar los bienes de F.V. a su...

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