Sentencia Nº PE-20218/2023 de Superior Tribunal de Justicia, 21-03-2024

Fecha21 Marzo 2024
Número de expedientePE-20218/2023
EmisorSuprema Corte de Justicia (S.T.J.) - Sala II-Vocalía 3
Tipo de documentoSentencias
MateriaPRISION PERPETUA,RECURSO DE REVISION (PROCESAL),REQUISITOS,RECHAZO DEL RECURSO

La Sala Penal de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Jujuy, integrada por los jueces M.F.L., por habilitación, L.N.L.G. y E.M., bajo la presidencia del nombrado en primer término, vio el expediente Nº PE-20.218/23, caratulado “RECURSO DE REVISIÓN INTERPUESTO EN EXPTE. 1303/2020 (Juzgado de Ejecución de la Pena) Incidente de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad de G., Y. W. en Expte. P.. Nº 244 (2015) originado en Tribunal en lo Criminal - Sala III”; del cual,

El doctor L. dijo:

El 15 de diciembre de 2016, el Tribunal en lo Criminal Nº 3 (fs. 1973/2041 del expediente Nº 244/15), en lo que aquí interesa, condenó a Y. W. G., a la pena de prisión perpetua por hallarlo autor del delito de abuso sexual seguido de muerte (artículos 124; 40; 41; 12 y 29 inciso 3º, del Código Penal).

Para así decidir, el juzgador, tuvo por acreditado que entre las 6:00 y 9:00 horas del sábado 20 de noviembre de 2010, Y. W. G. se encontraba en su domicilio junto a A. A. C. y que, aprovechando el estado de embriaguez de ésta, con manifiesto fin sexual, se le subió encima comprimiéndole la región toraxo abdominal de manera constante, de modo tal que, al impedirle respirar, le produjo la muerte por asfixia.

Que, luego, el condenado junto a sus amigos J. I. M. e I. A. M. -apodado “C.”-, con quienes la víctima había estado bebiendo la tarde anterior, deliberaron y acordaron deshacerse del cuerpo, para lo cual lo llevaron al baño, lo desvistieron y lo limpiaron con alcohol. Que Y. W. G. lavó en el lavarropas la remera, el pantalón de la occisa y las sábanas y que, seguidamente, volvieron a colocarle la ropa.

Que, al día siguiente, a las 22:00 horas aproximadamente, J. I. M. y Y. W. G., transportaron el cadáver en un vehículo y lo arrojaron en la calle A. casi M. y S.L., del barrio S.P., hallándose el mismo en la primera hora del 23 de noviembre del mismo año.

Ahora bien, el 26 de diciembre de 2019, la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia, al rechazar el recurso de inconstitucionalidad deducido por la defensa técnica de Y. W. G., confirmó dicha condena (sentencia PE-LA 4, Nº 157, fs. 131/146 de expediente PE-15.620/2019).

Pasados más de cuatro años de haber quedado firme ese pronunciamiento, el 9 de octubre de 2023, la doctora N.R.V., en ejercicio de la defensa técnica de Y. W. G., solicita la “revisión” de la sentencia en los términos del artículo 477, inciso “d”, del Código Procesal Penal, Ley 6259.

Corrido el traslado respectivo a la parte...

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