Sentencia Nº B-190241/2008 de Superior Tribunal de Justicia, 05-04-2024

Fecha05 Abril 2024
Número de expedienteB-190241/2008
EmisorTribunal del Trabajo-Sala II-Vocalía 5
Tipo de documentoSentencias
MateriaSENTENCIA DEFINITIVA


San Salvador de Jujuy, 03 de abril de 2024.




AUTOS Y VISTOS: Los del presente E..
Nº B-190.241/08, caratulado: "Demanda por despido incausado y otros rubros: I., W.D. c/ Organización Coordinadora Argentina S.R.L., OCA S.R.L", del que;



RESULTA: Que, a fs.
22/30 se presenta el Dr. M.P. en nombre y representación de W.D.I. a mérito de carta poder que rola a fs. 2 del E.. Nº B-179.452/07, caratulado: "Embargo preventivo: I.… c/ OCA" agregado por cuerda y promueve demanda en contra de Organización Coordinadora Argentina S.R.L., OCA S.R.L", por rubros indicados en planilla a la que remite obrante en el E.. Nº B-179.452/07, caratulado: "Embargo preventivo: I.… c/ OCA" de cuya fs. 3 resultan: sueldo julio 2007, sueldo y liquidación final a agosto 2017: días trabajados, SAC proporcional, Vacaciones 2006 y 2007 no gozadas, SAC vacaciones no gozadas, preaviso, SAC preaviso, indemnización por antigüedad, indemnización fecha de ingreso incorrecta (art. 9 Ley 24.013). Dice de fecha de ingreso el 09/03/1994 (denuncia que en sede administrativa la demandada indicó como fecha de ingreso el 06/11/1997) como distribuidor domiciliario inicialmente a pié y luego en bicicleta, y a partir del 06/11/1997 en lo hicieron efectivo en el cargo repartiendo piezas postales con el servicio puerta a puerta al norte de la provincia, en Palma Sola, Abra Pampa, etc. Jornadas de lunes a sábados de 07.30 a 15.30 hs., generalmente extendidas en una o dos horas más, inclusive días domingos. Dice de jornadas extraordinarias según las localidades (Humahuaca, Abra Pampa). Dice que desde el año 2005 soportó presiones de todo tipo de la empleadora, especial mención al Sr. E. (gerente) y Torrejón (encargado), agresiones verbales, exceso de trabajo para distribuir la mayor cantidad de sobres en menor tiempo posible; esto agravado desde mayo de 2007 con la intención de alejarlo de su trabajo, hasta que el 28/05/2007 se le dijo que tenía que irse de la empresa. Así, expone que fue forzado a emitir su renuncia el día 07/06/2007 fue transportado hasta la oficina del correo y obligado a redactar su renuncia que dice no fue voluntaria sino viciada de nulidad en tanto carente de discernimiento, intención ni libertad. Cita doctrina y jurisprudencia al respecto. El 13/07/2008 envió telegrama a la empleadora dando a conocer de la coacción en la renuncia e intimó reincorporación al trabajo, lo que fue negado por la empleadora, de allí que el 07/08/2007 se dio por despedido por justa causa por injurias graves y mala fe de la empleadora. Da cuenta de ulterior intercambio epistolar en que la empresa puso a disposición del trabajador liquidación final y documentación laboral que tuvo que aceptar pero bajo reserva. Informa de actuaciones administrativas bajo E.. Nº 0419-2588-2007. Aporta y ofrece prueba y peticiona. Corrido traslado a fs. 31, a fs. 42 se presenta el Dr. P.G.E. en nombre y representación de la demandada a mérito de copia de poder para juicios juramentado que rola a fs. 39/41 y tal carácter contesta demanda a fs. 57/65 bis. F. negativa general y particular de hechos, expone los propios, aporta y ofrece prueba y peticiona. A fs. 72/73 hechos nuevos son contestados por el actor. Fracasada audiencia de conciliación (acta fs. 75), a fs. 80/81 es abierta la causa a prueba. Renuncia al mandato el Dr. M.P. (fs. 196) y concurre el Dr. A.H.C. (fs. 210) en nombre y representación del actor a mérito de copia de poder juramentado (fs. 209). El letrado de la demandada da cuenta de apertura de concurso preventivo de la misma con indicación de expediente y radicación -no definitiva- del mismo ni indicación de Síndico actuante (fs. 223 y 227). El Dr. Chauqe denuncia deceso del actor (fs. 248) y designación de administradora judicial provisoria en la persona de la Sra. A.Y.I. (testimonio fs. 253). Producida la conducente y que las partes...

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