Sentencia Nº 82695 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Número de sentencia82695
Fecha26 Junio 2019
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NÚMERO CIENTO DIECISEIS /DOS MIL DIECINUEVE.-

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la provincia de La Pampa, a los días 2 del mes de julio del año dos mil diecinueve, se constituye el Sr. Juez de Control, C.R.O., a efectos de dictar sentencia en el legajo" Nº Nº82695, caratulada: "MPF C/ (...) S/ INF. A LEY 26.485" y su acumulado Nº 84488”, seguido respecto de (...) , y,

RESULTANDO: Que mediante acuerdo rubricado por las partes el Sr. Fiscal Dr. F.W.A.M., el imputado y su Defensor D.J.H., propusieron juicio abreviado, en el cual el Ministerio Público Fiscal calificó el accionar del nombrado como constitutivo del delito de lesiones leves calificadas por la relación de pareja, penados en los arts. 89 en relación con el 92 y 80 inc. 1, del Código Penal, debiendo responder en calidad de autor (art. 45 del mencionado cuerpo legal), todos del Código Penal, solicitando se imponga la PENA DE SEIS MESES DE PRISIÓN DE EFECTIVO CUMPLIMIENTO, SIN COSTAS (art. 377, 382 y 475 del C.P.P; art. 26, 40 y 41 del C.P) atento el ejercicio de la Defensa Técnica por el Defensor Oficial.-

Surge de la audiencia de visu realizada, la conformidad prestada a la solicitud del representante del Ministerio Público Fiscal, tanto por el imputado, como por su defensor; reconociendo el Sr. (...) , la existencia de los hechos por el cual se lo enjuicia, como su autoría, aceptando la pena acordada.-

Por ultimo Fiscalia deja constancia que con día 23/04/2019 en sede de este Ministerio Público Fiscal , se entrevistó a la Sra (...) en su carácter de víctima, se le informó sobre el alcance y contenido del acuerdo de juicio arribado, la que me informó de su conformidad con el presente acuerdo de juicio abreviado y las reglas de conducta fijadas.

Desde este Juzgado se fijo audiencia para conocer su opinión con respecto al procedimiento de juicio abreviado, audiencia que no se ha realizado por incomparecencia de la damnificada, a su vez se le llamo por teléfono el día 26 de junio de 2019 no respondiendo el mismo.

CONSIDERANDO: Que en el desarrollo de la investigación fiscal preparatoria, Legajo Nº 82695 se han reunido las siguientes evidencias: Acta de Denuncia ante la UAP de (...) de fecha 30/01/2019; Certificado del Servicio de Sanidad Policial de fecha 31/01/19 donde constan lesiones leves; tres tomas fotográficas donde constan lesiones, Declaración de Imputado de (...) de fecha 01/02/2019 y la aplicación de medida de restricción respecto de (...) ; Informe de la OVD de fecha...

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