Sentencia Nº 82559/4 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2021

Número de sentencia82559/4
Año2021
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SANTA ROSA 04 de marzo del año 2021.
VISTOS:
Los presentes autos caratulados: “SORIA, D.O. en legajo por oposición a la prisión preventiva s/ recurso de casación”, legajo n° 82559/4 (reg. de esta Sala);
RESULTA:
1°) Que el defensor particular, Dr. G.G., interpuso recurso de casación contra la resolución del T.I.P. que hizo lugar a la impugnación presentada por el querellante particular, y dispuso la prisión preventiva de D.O.S. hasta la finalización del proceso.
Invocó los motivos previstos por el art. 409 incs. 1º y del C.P.P.
Refirió que la decisión es arbitraria en orden a la determinación que establece y además afecta el derecho a la privacidad que implica una comunicación privada entre su asistido y una vecina.
Relató que los magistrados precedentes mantuvieron el arresto domiciliario con vigilancia electrónica, estableciéndole como “regla de conducta” la prohibición de contacto y comunicación con la menor y su grupo familiar. El a quo, por el recurso del querellante, dispuso que tal medida no impidió que el imputado la revictimice, exponiendo su declaración al conocimiento de terceros ajenos correspondiendo revocar tal modalidad de arresto.
Precisó que se lo sancionó por la supuesta divulgación de audios de la cámara G., pero esa cuestión no fue probada, incluso, el juez de grado, mandó a la fiscalía a profundizar la investigación.
Consignó que sólo existen “capturas de pantalla y audios alcanzados por el querellante y una testimonial en policía subida al sistema informático por parte de fiscalía”, preguntándose por la “legalidad??? Y el debido proceso??? Y el derecho de defensa???” (sic).
Expuso que únicamente se trata de una “sospecha”, aspecto que surge de la declaración tomada en sede policial al denunciante y que, a su vez, se descarta cualquier incumplimiento, tal como se advierte de su referencia textual.

Legajo n.º 82559/4

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Recreó la “cuestión temporal” desde el inicio del legajo, la formalización y prisión preventiva -por 60 días-, la realización de la cámara G. (14/03/2019), la asunción como defensor (04/04/2019), la disposición del arresto domiciliario desde el 17/04/2019 hasta el 28/01/2021.
Aclaró que la declaración referida no permitía fijar el tiempo de supuesto envío del audio de la cámara G., lo que se devela ahora como una nueva denuncia, pudiendo ello haber sucedido cuando su asistido estaba detenido en prisión preventiva, lo que implicaría la falta de vulneración de las reglas dispuestas al morigerar tal...

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