Sentencia Nº 80404 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Fecha24 Abril 2019
Número de sentencia80404
Año2019
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

Sentencia número Cincuenta y cinco/Dos mil diecinueve.-
En la ciudad de Santa Rosa, Capital de la Provincia de La Pampa, a los 24 días del mes de abril del año dos mil diecinueve, se constituye el Juez de Control, N.D.R., a efecto de dictar sentencia en el expediente número 80.404, caratulada: "M.P.F. C/ (...) S/ Amenazas simples, Atentado y Resistencia a la autoridad, Daño simple; Lesiones leves; Violencia contra las mujeres; seguido contra (...);
Resulta: Que en el mencionado expediente obra acuerdo de Juicio Abreviado, suscripto por el fiscal Dr. C.C., el imputado (...) y su abogado defensor Dr. R.A.V.. En dicho acuerdo y previa reseña de los elementos de prueba recolectados y la descripción del hecho investigado, el fiscal solicitó que se le imponga a (...) la pena de ocho meses de prisión en suspenso, y un año de cumplimiento de las reglas de conductas previstas por el artículo 27 bis, incisos 1° y 2°, del código penal; en cuanto a que deberá fijar residencia, someterse a la Unidad de Ejecución dependiente del Ente de Políticas Socializadoras de la Provincia de La Pampa, como así abstenerse de relacionarse de modo alguno, personalmente, por teléfono ni por ningún otro medio virtual (mensajes de textos, Internet) con (...) , ni acercarse a una distancia menor a 200 mts. de su domicilio sito en calle (...) de la localidad de E.C.; someterse a un tratamiento psicológico, previo informe que acredite su necesidad y eficacia, con costas (artículos 377, 382 y 475, del código procesal penal; y, 40 y 41 del código penal); como autor de los delitos de: lesiones leves calificadas (artículos: 89 en relación con 92 y 80 inciso1°, del código penal), lo que deberá ser valorado en el marco de la ley 26.485; daño simple (artículo 183, primer párrafo del código penal); Atentado y Resistencia a la autoridad (artículo 237 primer parrafo, del código penal), lesiones leves (artículo 89 del código penal); concursando realmente entre si (artículo 55 del código penal). Consta en el mencionado instrumento la conformidad prestada a la solicitud fiscal, tanto por parte del imputado (...) y su abogado defensor Dr. R.A.V..-
A su vez, obra acta efectuada en oportunidad de realizarse la audiencia de conocimiento de visu, en la que el imputado reconoció su responsabilidad por los hechos por los que se lo enjuicia, como su autoría, y aceptó la pena acordada. Por otra parte, personal de la Oficina judicial se comunicó con (...) , para ponerla en conocimiento del acuerdo arribado entre las partes y manifestó estar de acuerdo con el mismo, que se daba por notificada, pero no quería asistir a una audiencia, y;
Considerando: Que en el desarrollo de la Investigación Fiscal Preparatoria se incorporaron los siguientes elementos probatorios, los que...

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