Sentencia Nº 80121 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Fecha05 Diciembre 2018
Número de sentencia80121
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NUMERO DOSCIENTOS VEINTINUEVE/DOS MIL DIECIOCHO.- En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los cinco días del mes de diciembre de dos mil dieciocho, constituído el Juzgado de Control a cargo de la Dra. M.F.M., a efectos de dictar Sentencia en Expediente/Legajo Fiscal nº 80121, caratulado: “MPF c/CABRERA, L. y otro s/Abigeato”, seguida contra A.L.C., argentino, soltero, albañil, con instrucción primaria completa, de 38 años de edad, nacido en Victorica, Pcia. de La Pampa, el 25 de marzo de 1980, hijo de L. y de L.A.C., D.N.I. nº 27.808.928, domiciliado en calle M.d.C.C. nº 2056, de esta ciudad, que no registra antecedentes; y contra W.S.C., argentino, soltero, albañil, con instrucción primaria completa, de 36 años de edad, nacido en Santa Rosa, Pcia. de La Pampa, el 13 de noviembre de 1981, hijo de L. y de L.A.C., D.N.I. nº 29.074.277, domiciliado en calle Congreso nº 186, de esta ciudad, que registra antecedentes penales; y

RESULTANDO: Que mediante Acuerdo rubricado por las partes con fecha 15 de noviembre de este año, ratificada en audiencia de fecha 28 del mismo mes y año; el Sr. Fiscal interviniente, Dr. F.B.D., el Defensor Particular, Dr. G.G. y los imputados A.L.C. y W.S.C., propusieron acuerdo de juicio abreviado, en el cual, el Ministerio Público acusó a los mencionados C., del delito de abigeato agravado por haber sido cometido en las condiciones previstas del art. 164 del Código Penal, en grado de tentativa (arts. 167 quater, inc. 1º, en relación con el 164 y el 42, todos del Código Penal, en cacacter de co-autores (art. 45 del mismo texto legal).-

Que en cuanto a la pena, se le informó a los imputados, que se le solicitará la de tres años de prisión, de acuerdo a lo dispuesto en los arts. 355, del Código Procesal Penal y 40 y 41 del Código Penal. Asimismo, teniendo en cuenta que W.S.C. fue condenado mediante Sentencia de fecha 10 de mayo de 2016, en el Legajo nº 38544, a la pena de un año y seis meses de prisión en suspenso, es que solicitan se unifique la sentencia que aquí se dicte con aquella, revocándose la condicionalidad de la condena impuesta en ésa, y se le imponga en definitiva, la pena única de tres años de prisión.-

Que habiéndose comunicado la Fiscalía con el damnificado, V.A.L., y explicado éste sobre los alcances del Acuerdo suscripto, prestó su conformidad con el mismo.-

Que surge asimismo de la audiencia realizada con fecha 28 de noviembre del corriente año, la conformidad prestada a la solicitud fiscal, tanto por los imputados, como por su Defensor, reconociendo los primeros la existencia del hecho que se les endilga y la autoría del mismo, expresando su...

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