Sentencia Nº 77329 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2019

Año2019
Fecha20 Septiembre 2019
Número de sentencia77329
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NUMERO 181/2019.

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 20 días del mes de Septiembre del año 2019, se constituye el Juez de Audiencia, G.B. a efectos de dictar sentencia en el Legajo Nº 77329/1, caratulado: "S.R.L.M.S. GRAVES EN ACCIDENTE DE TRÁNSITO", seguido en contra L.M.S.R., DNI Nº 38.037.823, 25 años de edad, nacido el día 21 de junio de 1994 en Santa Rosa -Pcia. de La Pampa-, empleado rural, sin hijos, con instrucción primario completo, domiciliado en P.F. -casa 709- de esta ciudad (de su hermana L.S., hijo de M.R.S. y de E.V.R.

RESULTANDO;

Que conforme surge del legajo, el Dr. O.A.C. por el Ministerio Público Fiscal, los Defensores particulares D.. M.S.T. y R.A.G. condjuntamente con su defendido L.M.S.R. presentaron un acuerdo de juicio abreviado, el que fue declarado admisible en los términos del artículo 378 del Código Procesal Penal.

Asimismo en la audiencia de visu celebrada, se tomó conocimiento personal del imputado de autos, quien manifestó conocer los términos del acuerdo y prestó su consentimiento respecto de dicho acuerdo.

Por su parte, la víctima H.T., representada por el Dr. P.G., manifestó su conformidad respecto del acuerdo.

CONSIDERANDO:

Que conforme las evidencias convenidas por las partes en el presente, tengo fijado el hecho conforme a la propuesta fáctica de las partes del siguiente modo: El día 05 de agosto del año 2018, a horas 02:15 aproximadamente, mientras L.M.S.R. conducía la coamioneta pick-up Ford 100, dominio UTD-442, desplazandose con exceso de velocidad y 1.01 g/l de alcohol, por calle A. de esta ciudad con dirección al cardinal Este, es que al llegar a intersección con calle J.G. impacta con el frente de su rodado el lateral derecho (puertas trasera y delantera) del vehículo Fíat Siena, dominio AB689IA conducido por L.C.B., quien circulaba por la última arteria mencionada con dirección al cardinal Sur, conjuntamente con los ciudadanos C.G. (en el asiento trasero derecho) y H.R.T. (en el asiento delantero derecho).- Producto de la colisión, el Sr. T. debió ser internado con respirador artificial, presentando lesiones de gravedad, con estado de salud crítico y riesgo de vida, quedando con secuelas.-

Las pruebas para acreditar la materialidad del suceso y convenidas por las partes son:

1)- Acta de inspección ocular y croquis demostrativo del lugar del hecho, de fecha 05/08/2018; 2)- Muestras Nº 421 y Nº 423 de test de alcoholemia correspondientes a L.S.R. y L.C.B....

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