Sentencia Nº 77323 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Número de sentencia77323
Fecha05 Diciembre 2018
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NUMERO 262 /DOS MIL DIECIOCHO: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 05 días del mes de diciembre del año dos mil dieciocho, se constituye el Juez de Audiencia G.B., a efectos de dictar sentencia en los Legajos Nº 77323/1 caratulado: "RIOS, F.N. s/ Juicio Abreviado" y N.º 77323/2, caratulado "VEGAS, M.L. s/ Juicio Abreviado", iniciados con relación al expediente principal N.º 77323, caratulado "RIOS, F.N. s/ Robo simple y VEGAS, M.L. s/ Robo simple y Lesiones leves en concurso real entre si", seguido en contra de F.N.R., argentino, D.N.I. Nº: 42.234.681, nacido el día 02/12/1999 en la ciudad de General Pico, provincia de La Pampa, domiciliado en Pasaje s/n casa 6 entre Estrada y T.M. de esta ciudad, hijo de S.M.T. y de R.R. y en contra de M.L.V., argentino, D.N.I. Nº: 41.094.907, nacido el día 06/12/1997 en esta ciudad de Santa Rosa, Provincia de La Pampa, domiciliado en calle Maipú 1425 de esta ciudad, hijo de C.D.O. y de J.M.V. y;

RESULTANDO: Que conforme surge del legajo de investigación fiscal preparatoria, las partes Dra. L.A.P. por el Ministerio Público Fiscal, el Defensor Oficial Dr. P.A. De Biasi y los imputados F.N.R.M.L.V. presentaron un acuerdo de juicio abreviado, el que fue declarado admisible en los términos del artículo 378 del Código Procesal Penal.

Asimismo en la audiencia celebrada, se tomó conocimiento de visu de los imputados de autos, quien manifestó conocer los términos del acuerdo y prestaron su consentimiento, en cuanto al procedimiento de juicio abreviado, el hecho imputado y la pena acordada.

CONSIDERANDO:

Que conforme las evidencias convenidas por las partes en el presente, tengo fijado los hecho que damnifica a M.G. en los siguientes términos: “...Previo aplicarle golpes en el cuerpo de M.M.G., tomándolo por el cuello, arrojándolo al piso y propinarle golpes de puño sobre el cuerpo y el rostro, F.R. y M.V. le sustrajeron un teléfono celular marca LG K4, de color blanco y negro, pantalla táctil, astillada, sin carcasa, de la empresa claro, abonado 02954 - 1554 4532; un par de zapatillas marca N., tipo botitas color azúl Nº 42 y un buzo color azúl con la inscripción Converse, talle Nº 3. Hechos sucedidos en intersección de calles R.B.D. y Río Bermejo de la ciudad de Santa Rosa, el día 5 de agosto de 2018 a la hora 06:00 aproximadamente”

Que las pruebas a valorar para fijar el hecho narrado supra son las colectadas por el mInisterio Público Fiscal en la investigación...

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