Sentencia Nº 74632 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2023

Número de sentencia74632
Año2023
Fecha07 Marzo 2023
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
EstatusPublicado

FALLO Nº 1462 - AUDIENCIA DE JUICIO DE LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL - Juez Unipersonal: Dr. M.L.P.

General Pico, 7 de marzo de 2023.


Legajo Nº 74632
---AUTOS y VISTO:
---Este Legajo Nº 74632 y su acumulado Nº 74664, caratulado:
"MINISTERIO PÚBLICO FISCAL c/QUIRÓZ, A.J.s. AGRAVADO, ENCUBRIMIENTO AGRAVADO y ESTELIONATO EN CONCURSO REAL”, y
---RESULTANDO:
---Los días 16 y 17 de febrero de 2023, en la Sala de Audiencia de Juicio Nº 1 de la Segunda Circunscripción Judicial, con la actuación unipersonal del suscripto, se llevó a cabo audiencia de debate oral en el Legajo Nº 74632 y su acumulado Nº 74664, seguido contra: A.J.Q., DNI Nº 38.552.420, nacido el 26/10/1994 en General Pico, provincia de La Pampa, hijo de J.O.Q. y C.A.C., de 28 años de edad, soltero, jornalero, con domicilio en calle 102 bis Nº 456 Norte de General Pico, provincia de La Pampa.

---En representación del Ministerio Público Fiscal intervino la Fiscal Dra.
M.V.C., mientras que la defensa del acusado la llevó a cabo el Defensor Particular Dr. M.D.M..
---El legajo Nº 74632 se inició el 22/06/2022 en virtud de la alerta dada por el operador del CECOM a las 20:05 hs.
sobre un ilícito acaecido en calle 121 Nº 225 de esta ciudad, lo que llevó que personal de la Comisaría Primera se constituyera en el lugar realizando el acta de constatación e inspección ocular. El legajo Nº 74664 se inició el 26/06/2022 también con un acta de constatación e inspección ocular motivada por una novedad surgida por alerta dada por el operador del CECOM sobre un ilícito ocurrido en calle 25 Nº 341 de General Pico, provincia de La Pampa.
---Que en el alegato de apertura la Fiscal describió los hechos acusados al encartado de la siguiente manera:
"
Legajo Nº 74632: El día 22 de Junio de 2022 a hs. 19.50 aproximadamente, haber ingresado portando un arma de fuego, junto a otra persona aun no identificada, al domicilio sito en calle 121 Nº 225, depto. 6 del Complejo “Altos del Solar”, haciéndolo por la puerta/ventana que da al patio trasero, donde luego de ingresar desciende de la planta alta el dueño a quien le esgrime el arma de fuego, de color negra, tipo pistola, manifestándole: "...CALLATE LA BOCA…..TIRATE AL PISO…. NO GRITES MANOS EN LA NUCA……NO MIRES”. Luego, taparon sus ojos con un buzo color negro (perteneciente a su pareja) y lo llevaron hacia habitación del primer piso, preguntándole a su vez donde poseía el dinero/dólares; una vez en la habitación le ordenaron que se arrodillara en el suelo, y le sujetaron sus manos con el cable cargador de la computadora portátil y un cinto color marrón/negro de cuero, preguntándole si su pareja estaba por volver del gym. Luego se retiraron del lugar sustrayendo la suma total de $133.000 argentinos (discriminados en billetes de $1.000 y $100, no precisa cantidad exacta de c/u); -1- notebook marca HP, modelo H.G., serie 15-ce001la, teclado numérico con luces de color rojo, pantalla 15,6 pulg., sobre tapa posee un sello tipo rombo digitalizado sobre su centro en color rojo; -1- teléfono celular marca Samsung Galaxy, m-A50, color azul, con funda plástica color blanca con amarillo y negra, dual chip en su interior de la empresa Claro (Nro. 01160XXXXXX) y movistar (Nro. 2302XXXXXX); -1- billetera, la cual contenía en su interior cedula de identidad, tarjeta de débito y crédito perteneciente al Banco Patagonia, N. y de la Pampa a nombre del damnificado; -1- mochila m-ROXY, para portar la computadora, de material tela con fondo de color negro y floreado con rosas de color fucsia, sus bolsillos de gamuza tipo -camel- color marrón claro, con dos compartimentos.
Legajo Nº 74664: El día 27 de junio de 2022, haber tenido en su poder una notebook, marca LENOVO, modelo IDEAPAD S145, color gris, con calcomanías, de la bandera argentina, el número "
10", logo animado con inscripción WAKE, y logo de ISKABECH, propiedad de D.V.E.. Ese mismo día ofreció a la venta dicho elemento a D.G.L., por la suma de $ 20.000 enviándole mensajes vía WhatsApp (a través de la línea 2302- XXXXXX) con fotos del ordenador. El día 28 de junio de 2022, también se encontró en su poder un cuchillo marrón, con mango de madera y hoja de 16 cm con inscripción PREMIUN, propiedad de Engraff.”
---En el alegato de clausura, luego de analizar la prueba ventilada, la representante del MPF mantuvo la acusación por los hechos imputados, y aseguró que los mismos configuran los delitos de ROBO AGRAVADO POR LA UTILIZACIÓN DE ARMA DE FUEGO CUYA APTITUD PARA EL DISPARO NO HA PODIDO SER ACREDITADA (art. 166 inc. 2º último párrafo del C.P.) en el Legajo Nº 74632, y ENCUBRIMIENTO AGRAVADO POR EL ÁNIMO DE LUCRO EN CONCURSO REAL CON ESTELIONATO EN GRADO DE TENTATIVA (arts. 277 inc. 1º apartado "
c" en relación al inc. 3º apartado "b", 173 inc. 9º, 42 y 55 del C.P.) en el Legajo Nº 74664, solicitando la pena de TRES AÑOS y SEIS MESES de PRISIÓN con lo que le resta cumplir, con expresa declaración de reincidencia, aunque sin contar con el cómputo de la pena anterior.
---El Defensor Particular al realizar el alegato de apertura señaló su disconformidad con la acusación porque los hechos no se ajustaban a la realidad, y que sólo había dudas, por lo que solicitaría la absolución de su defendido.
En el alegato de clausura efectivamente solicitó la absolución de QUIRÓZ luego de poner un manto de sospechas sobre el reconocimiento de persona realizado por CASSOU sobre el acusado, sumado a que la notebook entregada por la pareja de su defendido la tenía porque había sido adquirida a un menor, al igual que la notebook perteneciente a ENGRAFF, siendo que el cuchillo de éste le fue regalado al encartado por el mismo menor.
---El acusado ejerció su derecho de no prestar declaración, y tampoco usó el derecho de dirigir unas palabras antes de finalizar el debate.

---Se escucharon el relato de los siguientes testigos de la Fiscalía: N.C., C.A.A.M., O.S.A.D.S.V., C.M.V.I.F., D.A.D.P. (también ofrecida por la Defensa), D.G.L., D.V.E., C.E.N.C.; y el testigo de la Defensa: L.M.G. quien se encontraba acompañado por su madre C.I.V. por contar con 17 años de edad.

---Que asimismo se agregó la prueba documental ofrecida por las partes, la que se encuentra debidamente detallada en el acta de audiencia preliminar (art. 294 del C.P.P.) del 31/10/2022 y que fuera confrontada durante la audiencia de juicio oral y de la que no se ha producido controversia alguna.

---Que lo arriba expuesto y las demás contingencias de la audiencia de juicio oral se encuentra adecuadamente registrado por los medios audiovisuales respectivos, por los que allí me remito, sin perjuicio de las consideraciones de la prueba que a continuación desarrollaré.

---CONSIDERANDO:
---Que me corresponde determinar si, según la valoración de los elementos de prueba arrimado por las partes, considero probada la existencia de los hechos ventilados, que el acusado es autor de los mismos, y en caso positivo, cuál es el encuadre típico correcto.

Legajo Nº 74632
---Como dijera más arriba, este legajo se inició a partir de un aviso del operador del CECOM realizado a las 20:05 hs.
del 22/06/2022 mediante el cual solicitaba presencia policial en calle 121 Nº 225 de esta ciudad toda vez que se había cometido un ilícito. Es así que personal de la Comisaría Primera se hizo presente a las 20:10 hs. confeccionándose un acta de constatación e inspección ocular, como así también un croquis del lugar del hecho, todos signados por el Oficial Ayudante Alexis SOSA (actualmente Oficial Subinspector). En el acta se volcó que la vivienda del damnificado se encuentra ubicada dentro del complejo habitacional llamado “Altos del Solar” el cual está rodeado por un tejido olímpico de 2,10 mts. de altura siendo la entrada a través de un portón corredizo de acero color negro con sistema de cierre automatizado. En el lugar se entrevistaron con N.C. quien narró a los uniformados que a las 19:50 hs. aproximadamente se encontraba en una habitación ubicada en el primer piso, cuando repentinamente escuchó un ruido de la puerta balcón que da al patio trasero, y también movimientos en la planta baja. Por tal motivo, pensando que era su pareja, bajó las escaleras y enseguida advirtió la falta de la notebook, cuando al levantar la vista se vio sorprendido por dos masculinos (ambos de contextura delgada, rostro cubierto por cuello de campera o cuellera; altura de 1,75 mts. y restante 1,60 mts. aproximadamente; ambos de 19 a 22 años de edad, uno con gorra color oscura con detalles en blanco), siendo que uno de ellos lo apuntó con una pistola y le dijo “CALLATE LA BOCA…TIRATE AL PISO…NO GRITES, MANOS EN LA NUCA…NO MIRE” por lo que se tiró al piso cerca de la escalera, oportunidad en que le taparon los ojos con un buzo color negro llevándolo al primer piso mientras le apoyaban en la espalda el arma de fuego. Mientras tanto le decían “¿DÓNDE TENES LA PLATA Y LOS DÓLARES? ¿DÓNDE ESTÁN LOS DÓLARES?” hasta llegar a su habitación. Allí lo hicieron arrodillar y le ataron sus manos por detrás de la espalda con el cable del cargador de la computadora y con un cinto color marrón/negro de cuero. A todo esto le preguntaban por su novia: “¿DÓNDE ESTA TU NOVIA? YA ESTÁ POR SALIR DEL GIMNASIO”. Mientras tanto uno de ellos revisaba los recintos y transcurridos unos 10 o 15 minutos se retiraron del domicilio dejándolo atado. Una vez que escuchó que se habían retirado, CASSOU salió corriendo con las manos atadas siendo auxiliado por un vecino. Seguidamente ingresó a su vivienda constatando que los malvivientes ingresaron por la puerta corrediza compuesta por dos paneles de vidrio, sin dañarla, y sustrajeron $ 33.000 que estaban dentro de un cajón de un mueble ubicado en el living-comedor, donde también se hallaba la notebook marca HP, modelo O.G., serie 15-ce001la, teclado numérico sobre sector derecho con luces rojas, pantalla de 15,6 pulgadas, sobre tapa un sello tipo rombo digitalizado en el centro color rojo, con cámara frontal, la que también fuera sustraída. Esta computadora portátil era de su pareja, a quien...

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