Sentencia Nº 74419/1 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Número de sentencia74419/1
Año2018
Fecha12 Abril 2018
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NUMERO 47 /DOS MIL DIECIOCHO: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 12 días del mes de abril del año dos mil dieciocho, se constituye el Juez de Audiencia C.A.B. a efectos de dictar sentencia en el Legajo Nº 74419/1 caratulado: "B.M.A. S/Acuerdo de Juicio Abreviado", seguido en contra de M.A.B., D.N.I. Nº 33.998.696, nacido el día 10 de mayo de 1989 en Santa Rosa, Pcia. de La Pampa, de profesión albañil, con domicilio en C.M. Nº 246 de ésta ciudad, hijo de C.R.S. y J.R., con antecedentes penales, y;

RESULTANDO:

Que conforme surge del legajo de investigación fiscal preparatoria, las partes -Dra. L.P. por el Ministerio Público Fiscal y la Dra. S.B. GÓMEZ por la defensa técnica del imputado- presentaron un acuerdo de juicio abreviado, el que fue declarado admisible en los términos del artículo 378 del Código Procesal Penal.

Asimismo en la audiencia celebrada, se tomó conocimiento de visu del imputado de autos, quien manifestó conocer los términos del acuerdo y prestó su consentimiento, en cuanto al procedimiento de juicio abreviado, al hecho ilícito enrostrado y la pena acordada.

En la audiencia correspondiente se escuchó además a la Defensa del imputado.

CONSIDERANDO: Que conforme las evidencias convenidas por las partes en el presente, fijaron los hechos objeto del presente acuerdo de la siguiente manera: el día 08/04/2018, a la hora 06:10 aproximadamente, M.A.B. ingresó, previo trepar un portón de reja perteneciente al Poli Rubro ubicado en calles A.K. y G. de esta ciudad -propiedad de L.E.B.-, donde sustrajo dos cajones de cerveza conteniendo 27 envases y se retiró del lugar en bicicleta, no logrando su cometido en razón de que fue interceptado por personal policial en calle Pasaje Lecitra y A.K..

Que las pruebas a valorar para fijar los hechos narrados supra y dictar la presente, son las colectadas durante la Investigación Fiscal Preparatoria y las ofrecidas en la Audiencia de Ofrecimiento de Prueba (art. 308 del C.P.P.) y que se consideran aceptadas por el acusado al prestar conformidad al acuerdo y asumir en consecuencia su responsabilidad en los hechos investigados, contando en el presente con las siguientes: Parte de Novedad del Sargento 1º de P.O.A.D.; Declaración en sede policial de M.R.T.; C. y referencias del lugar del hecho; Tomas fotográficas; CD conteniendo filmación de Cámara de seguridad; Acta de secuestro; Informe técnico; Acta de reconocimiento; Acta de entrega; Acta de denuncia de L.E.B. e...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR