Sentencia Nº 72697 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Fecha14 Febrero 2018
Número de sentencia72697
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NÚMERO DOSCIENTOS TREINTA Y UNO / DOS MIL DIECIOCHO

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 6 del mes de diciembre del año dos mil dieciocho, constituído el Juzgado de Control a cargo del Dr. C.M.C., a efectos de dictar Sentencia en el Expediente nº 72.697, caratulado: "MPF C/ XXX S/ TENENCIA DE ARMA, LESIONES Y AMENAZAS", seguido contra XXX, nacido el día XXX, en la localidad de General Acha (L.P.), soltero, jornalero, con instrucción primaria, hijo de XXX, con domicilio en calleXXXde esta ciudad; y

RESULTANDO:

Que mediante acuerdo suscripto por las partes, el Sr. Fiscal interviniente Dr. W.A.M., el Sr. Defensor Oficial Dr. P.A. De Biasi y el imputado, propusieron juicio abreviado, en el cual, el Ministerio Público Fiscal acusó a XXX, del delito de Lesiones Leves calificadas por la relación de pareja preexistente, en concurso real con el delito de Amenazas Simples (artículos 89 en relación con el 92 y el 80 inciso 1º, 55 y 149 bis, primer párrafo, primer supuesto, todos del Código Penal); hecho que a su vez debe ser encuadrado dentro de las disposiciones de la Ley nº 26.485 de Protección integral a las mujeres.

Que en cuanto a la pena, se le informó al imputado, que se le solicitará la pena de seis meses de prisión en suspenso, y dos años de cumplimiento de las reglas de conductas previstas por el art. 27 bis inc. 1º, y del Código Penal, de conformidad con lo establecido en los arts. 355 del Código Procesal Penal y 40 y 41 del Código Penal.-

Que surge asimismo de la audiencia realizada, la conformidad prestada a la solicitud fiscal, tanto por el imputado, como por su defensor, reconociendo el primero la existencia del hecho que se le endilga y la autoría del mismo, expresando su conformidad con la pena que le fue requerida e informada.-

Que obra también, la conformidad prestada por la damnificada XXX, conforme audiencia celebrada en autos.

Con posterioridad a la audiencia, el Sr. Fiscal solicita y justifica la modificación de la regla de conducta pactada de abstenerse el imputado de realizar actos de intimidación y/o perturbación respecto de la víctima, por una restricción de acercamiento y contacto absoluto por un radio de 200 metros del imputado por sobre la persona deXXX; circunstancia que fue consentida por la defensa.

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con la prueba colectada hasta el momento por la Fiscalía, valorada la misma de acuerdo con las reglas de la sana crítica, y basándome principalmente en...

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