Sentencia Nº -3883/1 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2015

Número de sentencia -3883/1
Fecha06 Julio 2015
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)
Santa Rosa, 06 de julio de 2015 AUTOS Y VISTOS: El presente incidente Nº3883/1 -registro de este Tribunal-, caratulado: "PACHECO, H.D. y otros s/ Q.P. impugna S.J.P.", de la que RESULTA: Que con fecha 18 de marzo de 2014, el Ministerio Público F. formuló acusación contra: R.C.S.; C.O.F.; G.A.F. y S.R. en orden al delito de robo calificado por haberse cometido en poblado y en banda (art. 167 inc.2º del C.Penal) Que con fecha 31 de octubre de 2014 el señor Juez de Control admite la acusación contra los imputados aludidos supra En fecha 2 de junio de 2015, se procede a realizar ante la Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, la Audiencia de Suspensión de Juicio a Prueba, donde los señores defensores solicitan a favor de sus defendidos la aplicación de dicho beneficio, ofreciendo como reparación monetaria: a) R.C.S. la suma de pesos cinco mil ($5000); b) S.R. la suma de pesos cinco mil ($ 5000) y c) C.O.F. y G.A.F., la suma (cada uno de ellos) de pesos cuatro mil ($ 4000) pagaderos en 8 cuotas de pesos quinientos ($ 500) cada una, considerando F.ía que corresponde su otorgamiento, mientras que la querella se opone a su concesión. Que con fecha 9 de junio de 2015, la Audiencia de Juicio de la Segunda Circunscripción Judicial, Falla: 1) Suspender el juicio a prueba por el término de dos años el proceso seguido en contra de C.O.F.; G.A.F.; S.R. y R.C.S., por el delito de robo agravado por haber sido cometido en poblado y en banda (Art.167 inc.2º del C.Penal) e investigado en el legajo Nº3883 caratulado: "MPF c/ Orellando S.D.; S.R.C.; F.C.O.; F.G.A. y Romano Santiago s/ Robo calificado por haber sido cometido en poblado y en banda (Dam.Corpico) (art. 27 bis, 76 bis y 76 ter del C.P. y 27 del C.P.P.); 2) Establecer como regla de conducta a cumplir durante el término de suspensión fijado, a más de satisfacer el ofrecimiento reparatorio consistente en los montos y modalidades de pago ofrecido por cada uno de los acusados, las siguientes: a) Fijar domicilio; b) Presentarse mensualmente en sede del Ministerio Público F., c) Trabajo a favor de la comunidad durante dos horas semanales. Que con fecha 16 de junio del corriente año, el letrado E.M., apoderado de la parte querellante (Cooperativa Regional de Electricidad, Obras y Otros Servicios de General Pico Limitada -CORPICO-), interpone contra dicho Fallo, recurso de impugnación. Que habiéndose establecido por Presidencia la Sala "A" de este Tribunal a los efectos de resolver el presente recurso, emitirá su voto en primer lugar el señor J.F.R. y luego el señor J.C.F., y: CONSIDERANDO: El señor J.F.R., dijo: La competencia de este Tribunal surge de lo establecido en los arts.404 en relación con el 403 de nuestro ordenamiento procesal. El Tribunal a-quo a los efectos de determinar la procedencia del otorgamiento de la suspensión de juicio a prueba, ha tomado en cuenta los siguientes elementos: 1) que los imputados carecen de antecedentes penales; 2) la escala penal prevista para el delito imputado (de tres a diez años de prisión) permitiría hipotéticamente la aplicación de una condena de ejecución condicional (art.26 del C.Penal); 3) existe conformidad del Ministerio F., la cual es un elementos vital para este tipo de supuestos, pues se trata de los casos previstos en el cuarto párrafo del art.76 bis del C.Penal, y 4) los acusados a través de su defensa técnica, han ofrecido reparar el daño en la medida de sus posibilidades y someterse a las reglas de conducta que le imponga el Tribunal. Por su parte la parte querellante, basa sus agravios en: A) Primero: Incorrecto juicio de razonabilidad sobre las pretensiones de las partes y de los acuerdos a que lleguen: A1) En relación a la pena a aplicar a los acusados que se les otorga la suspensión de juicio a prueba: Respecto a este tópico del primer agravio interpuesto, la parte querellante considera que el criterio del a-quo, en el sentido de que teniendo en cuenta lo expresado por F.ía que en caso de condena, a los imputados le correspondería una pena de ejecución condicional, resulta ser arbitrario por...

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