Sentencia Nº 3763 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2018

Número de sentencia3763
Fecha26 Marzo 2018
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA N� 33 /2018.

En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a los 26 días del mes de marzo del año dos mil dieciocho, C.A.B., Juez de Audiencia de Juicio, procedo a dictar sentencia en el Expediente N.� 3763, caratulado: "... s/ Abuso sexual por sometimiento gravemente ultrajante, teniendo en cuenta la duración de los abusos y las concretas circunstancias de realización y Abuso Sexual agravado por haber sido cometido mediante acceso carnal por via vaginal, todo esto como delito continuado, tipificado en el art 119, 1�, 2� y 3� párrafo y 54 contrario sensu del CP en perjuicio de una menor." que se le sigue a ..., D.N.I. N�: ..., argentino, nacido con fecha ..., en la localidad de ...., provincia de La Pampa, domiciliado en calle ..., La Pampa, profesión albañil, hijo de ... y que no registra antecedentes penales y;

RESULTANDO:

Que, en la apertura de la Audiencia de Debate Oral, conforme las previsiones del art. 326 del C.P.P., la señora F.A.G.M. señaló que el hecho que le reprocha a .... es el haber abusado de ..., nacida el ..., desde los ..., mediante tocamientos al haberle tocado el pelo, la espalda, la cara, las mamas, la vagina por debajo de la ropa y besando a ... Haber pasado su boca por las mamas y la vagina de .... y haberla obligado a que le tocara el pene. Que cuando ... tenía .... aproximadamente haberla penetrado por vía vaginal, continuando con penetraciones vaginales hasta que .... Estos hechos ocurrieron en el interior del domicilio ubicado de la calle .... (L.P.), vivienda de la bisabuela de ... cuando ella vivía ahí y en la transición de una mudanza, que cuando los tocamientos comenzaron el imputado vivía en ... y venía a ... los fines de semana y ahí se producían, que luego cuando fue a vivir a ... cuando iba a la casa de su bisabuela de visita tanto lo tocamientos -primero- como las penetraciones vaginales -luego- ocurrían día por medio, después de las 10:00 horas aproximadamente de la mañana, cuando ....(...) se retiraba del domicilio, que la ... nunca dijo nada por miedo por que le decía "que si ella contaba a alguien lo que él le hacía él iba a ir a la cárcel y ella a un lugar de menores.

Que la calificación legal es la de abuso sexual por sometimiento gravemente ultrajante teniendo en cuenta la duración de los abusos, las concretas circunstancias de realización y abuso sexual agravado por haber sido cometido mediante acceso carnal por vía vaginal, como delito continuado (artículo 119, 1er, 2do y 3er párrafo y 54 contrario sensu, todos del Código Penal).

A su turno, la dra. M.A. en calidad de Asesora de Menores manifestó que adhería a lo manifestado por fiscalía.

Por su parte, el defensor particular A.S.M. expresó que va a demostrar que esta imputación nada se condice con los hechos realmente sucedidos. Su defendido va a declarar; acá hay una historia intrafamiliar que es producto de porque están acá. Van a demostrar que su defendido no ha tenido nada que ver con el hecho que se le atribuye ni mucho menos con las agravantes que ha mencionado la señora fiscal.

Llevada a cabo la audiencia de debate y producida la prueba, en momentos del alegato final, la representante del Ministerio Público Fiscal Dra. A.G.M.G. argumentó que va a mantener la acusación, entiende que a lo largo del debate se ha probado los hechos y ha quedado claro que el señor ... abusó de ..., que actualmente tiene ... desde los -- años hasta los .... Esto lo hacía en primer término con tocamientos al haberle tocado el pelo, la espalda, la cara, las mamas, la vagina por debajo de la ropa y besando ... Que también besó sus mamas, su vagina, la obligó a que le tocara el pene. Que cuando ... aproximadamente comenzó el imputado a penetrarla vaginalmente, continuando con penetraciones vaginales hasta que.... Estos hechos ocurrieron en la casa de .... la señora... , ubicado de la calle..., cuando ... vivía ahí y en la transición de una mudanza. El imputado en primer término vivía en... y venía a ... los fines de semana y ahí se producían los hechos, que luego fue a vivir a... y cuando iba a la casa de la señora ... se produjeron los tocamientos y luego las penetraciones que ocurrían aproximadamente día por medio, después de las ...., cuando ..., la señora ... la dejaba cuando se iba a .... nunca dijo nada por temor y porque ... le decía "que si ella decía algo, él iba a ir a la cárcel y ella a un lugar de menores". Entiende que este hecho ha sido debidamente acreditado por todas las pruebas producidas en le debate, fundamentalmente por las pruebas técnicas del testimonio en cámara gesell y la pericia psicológica. Se ha escuchado el testimonio de ... la cual ha sido clara en sus manifestaciones respecto a coómo se iniciaron los hechos, dónde se producían y en que consistían. Este relato fue analizado por la licenciada P. quien hablo de ... con pocos recursos, en cuanto a que era muy introvertida; habló de un relato coherente donde no existe fabulación, con manifestaciones espontáneas, cumplía con los criterios de análisis del testimonio y fue un relato válido. En la pericia psicológica concluyo que han quedado secuelas de aislamiento, de una grave perturbación en la autoestima, de un estado de vulnerabilidad, falta de recurso para relacionarse, todos estos asociados a los hechos. Referencio la conducta verbal y no verbal de..., la baja autoestima y los sentimientos de desvalorización de su persona. Esta prueba técnica y objetiva ha sido reforzada por los testimonios de ... en cuanto a cómo se anotició de este hecho. Pero antes de eso, ... solicitó un turno con la licenciada E. por problemas de comportamiento, de situaciones de agresiones. A raíz de eso, E. comenzó su intervención, el ... le manifestó cuestiones que escucho por parte de ... relacionados con los hechos que ... hacia sobre ---, en cuanto a los tocamientos y los abusos. Este ... pidió la entrevista con la psicóloga porque noto que ... estaba pedida, no coordinaba. El generó un vínculo de confianza con .... y ésta le hablo de los hechos, los tocamientos y finalmente las penetraciones, dónde y cómo sucedían. La psicóloga E. habló de los audios y que conoce la historia familiar de ... Hablo de preguntas como indicativas, pero cuando la defensa le pregunto respecto a esas preguntas inducidas la psicóloga dijo que por esas características de personalidad en ..., en esos audios ella escucho que siempre eran respuestas cortas y no demasiadas explicativas. No hay ninguna posibilidad de que estos relatos de ... hayan sido impuestas por nadie. De hecho la psicóloga B.P. dijo que no hay ninguna característica de fabulación. Ha quedado acreditado que ...., su ... y la .... de esta vivieron en la casa de ...., en la casa de ...., por . Es un domicilio donde ... tenía un acceso libre, se aprovecho de esas circunstancias, de la vulnerabilidad de ... que quedaba ahí al cuidado de ...., mientras su ...iba a .... Quedó acreditado que .... vivió ahí en fora permanente en un tiempo , hasta que se mudaron. Tambien entiende que la circunstancia de que ... primero vivía en ... y después se trasladó a ... quedó acreditado con los distintos testimonios. En relación a las relaciones sexuales, no solo tienen el testimonio de la propia .... sino que también se lo dijo a ... a la psicóloga E.E.. A su vez se tiene la prueba técnica que es el examen físico que hizo el dr. Colombato, quien habló de una desfloración de larga data. Agregó que se ha afectado la libertad sexual, la dignidad sexual de ...., siendo una niña muy pequeña de ..., fue sometida durante mucho tiempo a estos actos libidinosos, de contenido sexual que ha realizado el señor ..., sobre su cuerpo, aprovechándose ... el conocimiento de la vulnerabilidad de ..., de la fragilidad por ..., por saber que era .... Entiende que la consumación de los hechos materiales ha quedado probado, en lo que se refiere a los tocamientos simples que son agravados por el tiempo y la duración, por el contacto con el cuerpo, tanto besarle sus senos, tocarle su vagina, practicarle sexo oral, obligarle a que ella le practique sexo oral. En cuanto al acceso carnal, ha quedado acreditado la penetración por vía vaginal, no solo por los relatos de ... sino por la prueba técnica que es la desfloración que constató el dr. Colombato.

Por último solicitó que se lo condene a ... por el delito de abuso sexual simple gravemente ultrajante y abuso sexual con acceso carnal, como delito continuado previsto en el artículo 119 1er, 2do y 3 ter párrafo y 54 del Código Penal a la pena de (catorce) 14 años de prisión, entendiendo que existen elmentos que hace que se despegue del mínimo por las siguientes circunstancias; el pleno conocimiento del imputado de la situación de vulnerabilidad de ... el aprovecharse de que el tenía acceso a ..., el abuso de confianza, el se aprovechó de esa relación, el conocimiento de la historia personal de ... y .... Se ha afectado gravemente la integridad sexual de...., de hecho es es el día de hoy que sigue con tratamiento psicológico, estos hechos que él ha cometido sobre su cuerpo no le han permitido elegir en su libertad sexual y la han humillado como persona en su integridad sexual.

A su turno, el defensor particular Dr. A.S.M. manifestó manifestó que en el comienzo de esta investigación no fue parte. Según lo manifestado por su defendido, él en todo momento había querido declarar porque para él esto ha sido todo inventado. Esta causa se origina por una denuncia realizada por la licenciada E. a través de unos supuestos audios que le había acercado el señor...; audios que no fueron aportados por el ministerio público fiscal, no entiende la razón de ello, porque es desde ahí donde parte esa denuncia. E. refirió que los escuchó, que las manifestaciones hechas por ... fueron a través de preguntas inducidas. Por lo tanto la defensa no pudo escuchar esos audios para ahcer un análisis en cuanto a cómo se originó esta denuncia. La licenciada E. activó los mecanismos para que se lleve adelante esta...

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