Sentencia Nº 3687 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Número de sentencia3687
Año2017
Fecha07 Julio 2017
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NÚMERO Ciento Cuarenta y Ocho /Dos Mil Diecisiete.- En la localidad de V., Provincia de La Pampa, IV Circunscripción Judicial, a los 7 días del mes de julio de dos mil diecisiete, constituida la Sra. Jueza de Control Sustituta Dra. M.L.F.E., a efectos de dictar Sentencia en el Legajo Nº 3687, C.: "M.P.F. c/LÓPEZ, M.Á. s/ Lesiones leves agravadas, Violencia contra las mujeres", seguido contra el mencionado LÓPEZ, M.Á., DNI Nº 21.458.296, de 47 años de edad, nacido en Avellaneda, Buenos Aires, el día 14/02/1970, hijo de R.E.G. y J.O.L., educación secundaria incompleta, estado civil divorciado, domiciliado en calle 13 Nº 528 de V., La Pampa, y;

RESULTANDO: Que en audiencia celebrada en fecha 05 de junio de 2017, entre la Sra. F. Dra. A.G.M.G., el Sr. Defensor en lo Penal Dr. E.J.T. y el imputado LÓPEZ, M.Á., se celebró un ACUERDO DE JUICIO ABREVIADO (Art. 377 del C.P.P.) suscripto por todas las partes, contando así el mismo con la conformidad a la adopción de la vía procedimental abreviada, ante la imputación del delito de lesiones leves calificadas por el vínculo, art. 92 en relación a los arts. 89 y 80 inc. 1º , todos del Código Penal.

Que en cuanto a la pena, se le informó al imputado, que se le solicitará SEIS MESES DE PRISIÓN EN SUSPENSO, sin costas, Y DOS AÑOS DE CUMPLIMIENTO de las reglas de conducta previstas por el art. 27 bis inc. 1º y del Código Penal: 1) FIJAR RESIDENCIA Y SOMETERSE AL CUIDADO DE UN PATRONATO y/o A LA UNIDAD DE ABORDAJE, SUPERVISIÓN Y ORIENTACIÓN PARA PERSONAS EN CONFLICTO CON LA LEY PENAL, solicitando que el imputado pueda cumplir con esta regla presentándose ante el Juzgado de Paz de la localidad de V., con la frecuencia que se indique en la presente. 2) ABSTENERSE de usar estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas. Sin costas. (arts. 377, 382 y 475 del C.P.P. y arts. 40 y 41 del C.P. )

Que en fecha 22 de mayo de 2017, por ante la F.ía a cargo de la Dra. M.G.A.G., fue entrevistada la Sra. BARTOLOMEO, C.M., DNI Nº 32.975.284, en su carácter de damnificada por el hecho investigado, y se la puso en conocimiento del acuerdo de juicio abreviado arribado con LÓPEZ, M.Á., prestando su consentimiento. Señala que respecto a la restricción "solicita la misma no se fije porque actualmente tiene relación nuevamente con el imputado."

Que en audiencia celebrada el 30 de junio del año en curso, por ante este Juzgado de Control, las partes reconocieron el acuerdo arribado en fecha 05 de junio de 2017 y ratificaron su...

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