Sentencia Nº 21341/1 de Superior Tribunal de Justicia de la Pampa, 2017

Año2017
Número de sentencia21341/1
Fecha25 Agosto 2017
EstatusPublicado
EmisorSuperior Tribunal de Justicia de la Provincia de la Pampa (Argentina)

SENTENCIA NUMERO 210 /DOS MIL DIECISIETE: En la ciudad de Santa Rosa, capital de la Provincia de La Pampa, a 25 días del mes de agosto del año dos mil diecisiete, se constituye el Juez de Audiencia, C.A.B. a efectos de dictar sentencia en el Legajo Nº 21341/1, caratulado: "LEZCANO, E.R. s/Acuerdo de juicio abreviado", iniciado con relación al expediente principal Nº 21341 y sus acumulados 30.366, 33.010 y 40.272, seguidos en contra de E.R.L., DNI Nº 5.881.072, argentino, jubilado, nacido en la ciudad de Gualeguay- Entre Ríos, el día 28 de Abril de 1945, con domicilio en calle D.F. s/n de la localidad de U., hijo de H.S.L. y C.L.P., y;

RESULTANDO: Que conforme surge de los legajos de investigación fiscal preparatoria, las partes; Dr. O.C. por el Ministerio Público Fiscal, el defensor O.D.P. De Biasi y el imputado E.R.L. presentaron un acuerdo de juicio abreviado, el que fue declarado admisible en los términos del artículo 378 del Código Procesal Penal.

Asimismo en la audiencia celebrada, se tomó conocimiento de visu del imputado de autos, quien manifestó conocer los términos del acuerdo y prestó su consentimiento, en cuanto al procedimiento de juicio abreviado, a los hechos ilícitos imputados y la pena acordada.

Por otra parte en la audiencia referenciada en el párrafo que antecede, las partes convinieron como regla de conducta imponer la prohibición de hostigamiento del acusado hacia la denunciante por el término de dos años.

Se deja constancia que la víctima D.O. prestó su conformidad con relación a los términos del acuerdo suscripto y presentado por las partes.-

CONSIDERANDO:

Conforme las evidencias convenidas por las partes en el presente, fijaron los hechos que se le atribuyen a E.R.L. en los siguientes términos:

Legajo Nº 21.341: "...Haberse presentado en el domicilio de su ex pareja D.A.O., sito en calle Malvinas Argentinas s/nº de la localidad de U., en estado de ebriedad y haberle manifestado que se había comprado un arma y que si la veía con alguna otra persona los iba a matar a ambos, luego de lo cual se retiró del lugar; hecho ocurrido el día 04 de agosto de 2013, a horas 20:00 aproximadamente..."-

Legajo nº 30366: "...Haberse presentado en el domicilio de su ex pareja D.A.O., sito en calle Malvinas Argentinas s/nº de la localidad de U., en estado de ebriedad y haberle manifestado "VOS TENES UN MACHO Y VAS A TERMINAR MAL"; hecho ocurrido el día 16 de mayo de 2014..".-

Legajo nº 33010: "...Haberle manifestado a su ex pareja D.A.O. que "tenía...

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