Sentecia definitiva Nº 187 de Secretaría Penal STJ N2, 10-12-2014

Fecha10 Diciembre 2014
Número de sentencia187
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
PROVINCIA: RÍO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: PENAL
EXPTE.Nº: 26916/14 STJ
SENTENCIA Nº: 187
PROCESADO:
DELITO:
OBJETO: RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
VOCES:
FECHA: 10/12/14
FIRMANTES: MANSILLA - PICCININI - APCARIAN - BAROTTO EN ABSTENCIÓN - FILIPUZZI DE VÁZQUEZ (SUBROGANTE) EN ABSTENCIÓN (NO FIRMA POR LICENCIA)
///MA, de diciembre de 2014.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “AZAROFF, Carlos s/Queja en: ‘DR. LARROULET, Néstor R. en autos: AZAROFF, Carlos A. c/AJALLA, Sergio y Otro s/Falsificación de documento en gral. s/Queja’” (Expte.Nº 26916/14 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal deducido a fs. 24/25, y
CONSIDERANDO:
Que la deliberación previa a la resolución ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Enrique J. Mansilla dijo:
1. Antecedentes de la causa:
1.1. Mediante Sentencia Nº 98, del 24 de julio de 2014, este Superior Tribunal resolvió -en lo pertinente- rechazar el recurso de queja interpuesto a fs. 4 y vta. de las presentes actuaciones por el doctor Néstor Larroulet en representación de Carlos Azaroff y confirmar la Sentencia Interlocutoria Nº 347/13 de la Sala A de la Cámara en lo Criminal de Viedma.
1.2. Contra lo decidido, el referido abogado defensor deduce recurso extraordinario federal (fs. 24/25), del que se corre traslado a la Fiscalía General por el término de ley, cuyo titular contesta a fs. 28/34.
2. Agravios del recurso:
2.1. La querella sostiene que, cuando la sentencia recurrida determina que por aplicación del art. 174 del C.P.P. la decisión del Agente Fiscal de archivar la denuncia es irrecurrible, agravia frontalmente las garantías
///2. constitucionales del debido proceso y de la defensa en juicio. Alega que la contundencia de tal aserto habilita la vía extraordinaria que promueve porque confirma la violación de las garantías instituidas por los arts. 18 de la Constitución Nacional y 22 de la Constitución Provincial. Reitera, por lo demás, los argumentos enunciados al momento de presentar su escrito de queja.
3. Contestación del señor Fiscal General:
El señor Fiscal General doctor Marcelo Álvarez solicita la declaración de inadmisibilidad formal del recurso intentado, pues de su simple lectura resulta observable el incumplimiento de la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en relación con la cantidad de renglones máximos previstos por página, la ausencia de carátula y la falta de especificación de la definitividad...

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