Sentecia definitiva Nº 170 de Secretaría Penal STJ N2, 28-11-2018

Número de sentencia170
Fecha28 Noviembre 2018
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
///MA, 28 de noviembre de 2018.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "L., M.A. s/Abuso sexual agravado por el vínculo s/ Casación" (Expte.Nº 29546/17 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal interpuesto a fs. 375/389 vta., concluida la deliberación previa de los señores Jueces, y
CONSIDERANDO:
1. Que, mediante Sentencia Nº 16, del 20 de febrero del corriente, este Superior Tribunal de Justicia declaró mal concedido el recurso de casación interpuesto por la señora Defensora Penal doctora Silvana Ayenao y, consecuentemente, confirmó la Sentencia Nº 66/17 de la Cámara Segunda en lo Criminal de Cipolletti, que había condenado a M.A.L. a la pena de doce años de prisión, accesorias legales y costas, por ser autor del delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, y lo había declarado reincidente (arts. 12, 45, 50, 119 párrafos tercero y cuarto inc. b CP, y 266, 267 y 270 CPP Ley P 2107).
Contra lo decidido, la doctora Ayenao interpone recurso extraordinario federal (fs. 375/389 vta.), que la Defensoría General sostiene a fs. 393/396 y la Fiscalía General contesta a fs. 399/403 vta.
2. Que la Defensora recurrente refiere los requisitos formales de admisibilidad, reseña los antecedentes de la causa y transcribe in extenso sus agravios casatorios y la respuesta dada por este Cuerpo. Luego, al fundar su reclamo federal, alega que no es real la falta de demostración de los vicios que señala ni que el plexo probatorio proporcione razón suficiente a lo decidido.
A continuación invoca el principio de legalidad y plantea que corresponde subsumir completamente la conducta en el tipo penal, para lo que debe considerarse toda la plataforma fáctica descripta en el hecho imputado, que entiende insuficiente en este caso en la medida en que no se ha determinado el lugar del hecho. Así, aduce la falta de fundamentación y mantiene los agravios del recurso de casación.
Finalmente entiende que existe cuestión federal, por la violación del debido proceso, y solicita la concesión del recurso y la elevación de la causa a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
/// 3. Que la entonces titular de la Defensoría General, después de sintetizar los agravios esgrimidos, considera que el remedio intentado se ajusta a derecho y resulta formalmente admisible, dado que se dirige contra una sentencia definitiva, emitida por el superior tribunal de la causa en el orden local; que se ha planteado cuestión federal fundada en forma oportuna y que el gravamen es...

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