Sentecia definitiva Nº 149 de Secretaría Penal STJ N2, 05-10-2011

Número de sentencia149
Fecha05 Octubre 2011
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
PROVINCIA: RÍO NEGRO
LOCALIDAD: VIEDMA
FUERO: PENAL
EXPTE.Nº: 24290/10 STJ
SENTENCIA Nº: 149
PROCESADO: PAITA ALBERTO EDUARDO
DELITO: PECULADO DE BIENES Y DE SERVICIOS REITERADO
OBJETO: RECURSO EXTRAORDINARIO FEDERAL
VOCES:
FECHA: 05/10/11
FIRMANTES: SODERO NIEVAS – CERDERA (SUBROGANTE) - BALLADINI EN ABSTENCIÓN
///MA, de octubre de 2011.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: “PAITA, Alberto Eduardo s/Aborto realizado con el consentimiento… s/ Casación” (Expte.Nº 24290/10 STJ), puestas a despacho para resolver el recurso extraordinario federal deducido a fs. 1411/1423, y
CONSIDERANDO:

Que la deliberación previa a la resolución (cuya constancia obra a fs. 1461) ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor Juez doctor Víctor Hugo Sodero Nievas dijo:

1.- Antecedentes de la causa:

1.1.- Mediante Sentencia Nº 153, del 20 de noviembre de 2009, la Cámara Primera en lo Criminal de General Roca resolvió, en lo pertinente, rechazar el pedido de nulidad de todo el proceso y absolver a Alberto Eduardo Paita del delito de aborto consentido en concurso ideal con estafa en perjuicio de la administración pública por el cual venía acusado (arts. 54, 85 inc. 2, 172 y 174 inc. 5 C.P., en lo correspondiente al primer hecho, según las razones expuestas en la segunda cuestión), así como lo absolvió de los mismos delitos en lo referido a los hechos segundo, tercero y cuarto, por las razones expuestas en la cuarta cuestión (arts. 54, 55, 85 inc. 2, 172 y 174 inc. 5 C.P.).

1.2.- Contra lo decidido, el abogado defensor de Alberto Eduardo Paita y el señor Fiscal de Cámara plantearon sendos recursos de casación.

1.3.- Por Sentencia Nº 297, el 20 de diciembre de 2010 este Cuerpo resolvió rechazar el recurso de casación
///2.- deducido a fs. 1297/1306 por el doctor Eves Omar Tejeda en representación del imputado; hacer lugar parcialmente al recurso de casación deducido a fs. 1288/1296 por el señor Fiscal de Cámara, revocar de modo parcial los puntos 2, 3 y 4 de la parte resolutiva de la sentencia impugnada, declarar la inexistencia de prescripción de la acción penal por el delito de peculado (art. 261 primera y segunda partes C.P.), y condenar a Alberto Eduardo Paita, como autor de los delito de peculado de bienes y de servicios reiterado -tres hechos en concurso real, correspondientes a los hechos segundo, tercero y cuarto-, según fueron reprochados y el juzgador tuvo por acreditados en el subpunto 19 de la segunda cuestión propuesta a la deliberación (ver fs. 1275; arts. 45, 55 y 261 C.P.). Asimismo, resolvió reenviar la causa al origen para que, con la misma integración, impusiera la pena correspondiente al derecho así declarado (art. 441 C.P.P.).

1.4.- Contra esa decisión, el defensor del acusado planteó recurso extraordinario federal a fs. 1411/1423.

1.5.- Se corrió traslado de tal remedio al señor Fiscal General doctor Nelson Echarren, quien se expidió a fs. 1427/1453.

2.- Argumentos del recurso extraordinario federal:

El recurrente afirma que el fallo en cuestión ha violentado los...

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