Sentencia Nº 1456 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 25-11-2022

Número de sentencia1456
Fecha25 Noviembre 2022
MateriaM.R.O. S/ ABUSO SEXUAL AGRAVADO

SENT N° 1456 "2022 - Año de la Conmemoración del 40º Aniversario de la Gesta de Malvinas" CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE TUCUMÁN Provincia de Tucumán

Y VISTO:
El recurso de queja por denegación del recurso de impugnación extraordinaria interpuesto por el doctor D.O.M., letrado defensor del imputado R.O.M. autos: “M.R.O. s/ Abuso sexual agravado”;

y C O N S I D E R A N D O :


I.- Viene a conocimiento y resolución de esta Corte Suprema de Justicia la queja por control extraordinario denegado promovida por el doctor D.O.M., letrado defensor del imputado R.O.M., contra la sentencia del 30 de agosto de 2022 dictada por el Tribunal de Impugnación del Centro Judicial Concepción.


II.- El Tribunal a-quo decidió, a través de fallo del 30 de agosto de 2022: “I.- No Aceptar y por lo tanto rechazar la impugnación extraordinaria deducida por la defensa del imputado R.O.M., D.N.I. N°: 38.117.020, en contra de la resolución dictada por este Tribunal de Impugnación Penal en fecha 09/08/2022, por no encontrarse cumplidos los requisitos de admisibilidad conforme se considera (Art. 295, 311 y 318 inc. 2 del CCP)".

III.- Ante la resolución del Tribunal de Impugnación del 30 de agosto de 2022, el letrado defensor del imputado R.O.M. dedujo queja por control extraordinario denegado. En ese ámbito, reeditó los argumentos contenidos en su impugnación extraordinaria y alega que la sentencia “es arbitraria u de gravedad extrema que conlleva a una manifiesta injusticia, una sentencia que no pondero con debido alcance el material probatorio, tomando la sentencia impugnada dos o tres elementos convenientes, pero para distorsionar la verdad de los sucedido, los jueces forzaron en sus interpretaciones, omitiendo, ignorando, subestimando diversos elementos. Considero que la sentencia impugnada resulta arbitraria e inmotivada, omite valorar prueba decisiva (art. 304 inc. 4 y 6), debe ser descalificado este acto jurisdiccional como válido, construye una sentencia con manifiesta arbitrariedad en la selección y valoración de la prueba y por la falta de fundamentación adecuada, lo que acarrea a mi entender nulidad. Existe ausencia de sana crítica racional en la valoración de testimonios y otras pruebas rendidas en debate con omisiones, vicios o excesos” (sic).

IV.- Más allá de los requisitos de admisibilidad relativos a la queja por la denegación de la impugnación extraordinaria, corresponde desestimar el recurso por los fundamentos que se exponen a continuación. En primer lugar cabe recordar que esta Corte manifestó “…que el control extraordinario, cuya denegatoria motivase la queja sub examine, constituye un carril procesal excepcional que solo puede prosperar en las hipótesis definidas por el digesto de rito. Específicamente, el art. 318 del N.C.P.P.T establece que ‘la impugnación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR