Sentencia Nº 0 de Corte Suprema de Justicia de Tucumán, 22-08-2022

Número de sentencia0
Fecha22 Agosto 2022
MateriaV.V.F. S/ ABUSO SEXUAL SIN ACCESO CARNAL REIT. AGRAV.POR GRAVE DAÑO

CAUSA: V.V.F. s/ ABUSO SEXUAL SIN ACCESO CARNAL REIT. AGRAV.POR GRAVE DAÑO-11195/2011 San Miguel de Tucumán

Y VISTO:
La presente causa radicada en esta Excma.
Cámara Penal Conclusional III, presidida a los fines de este debate oral y público por el Sr. Vocal Dr. F.A.F., ante Secretaría actuaria de V.E.S.. Con la intervención de la Fiscalía de Cámara Conclusional III a cargo del Dr. D.G.M., representado en la audiencia de debate por el Auxiliar Fiscal Dr. J.S.J.. Por la Defensoria de Menores, la Auxiliar de Defensor Dra. A.G.M.. En acción seguida en contra de V.F.V., DNI N° 23.092.596, representado por la Auxiliar de Defensor Dra. J.G., por el delito de Abuso Sexual sin Acceso Carnal y Abuso Sexual con Acceso Carnal Reiterado; ambos delitos agravados por el vínculo, por la minoría de edad de la víctima, por la situación de convivencia preexistente con la misma y por la guarda que ejercía el imputado, previstos y penados por los arts. 119, primer párrafo, tercer párrafo, cuarto párrafo (letras "b" y "e") y último párrafo (letras "b" y "e") y art. 55, todo del CP., en perjuicio de la menor N.S.V., hechos denunciados en fecha 13/02/2011 [artículo 417, inciso 1°, del Código Procesal Penal de Tucumán '13 L.6203]. RESULTA: En fecha 08 y 09 de agosto de 2022, tuvo lugar la audiencia de debate oral en esta causa, de conformidad a lo previsto por el art. 376 del Código Procesal Penal de Tucumán (L.6203). A los fines de cumplimentar las exigencias del artículo 417, inc. 1 in fine C.P.P.T. (L.6203), se transcribe la relación circunstanciada del hecho contenido en el requerimiento Fiscal de Elevación a Juicio de fecha 25/06/2012 (fs.420/422), el cual fuera leído durante el debate oral, que en su parte pertinente refiere: "Que en fecha a determinar durante el año dos mil diez, aprovechando que la hija, menor de edad N.S.V. quedaba sola con V. en el domicilio ubicado en Río Nío, Km. 60, Ruta 305 de Burruyacú, en el que ambos convivían con la madre de la menor C.d.V.G., procedió a abusar sexualmente de la misma, tocándole sus parte íntimas y los pechos, besándola y tocándole las piernas. En otras reiteradas oportunidades a determinar, cuando se encontraban presentes en el domicilio las hermanas de la víctima, V. las mandaba a realizar trámites fuera de la casa para poder quedar solo con la víctima y abusar de la misma en las formas descriptas. Asimismo, en fecha trece de febrero del año dos mil once, en circunstancias en que su pareja C.d.V.G. salió de la casa a realizarse un exámen en el hospital padilla, quedando V. con la menor, ya que sus hermanos estaban durmiendo, éste se subió encima de N. y comenzó a tocarla, y cuando le decía que la deje V. la hacía callar, procediendo a penetrarla con su pene por vía vaginal, para luego retirarse del lugar. Luego el imputado continuó realizando actos de tocamiento en contra de la menor, hasta que el día veinte de marzo del año dos mil once, en circunstancias en que Carolina del Valle Grau no se encontraba en el domicilio, V. obligó a la víctima a que se acueste a dormir con él y con su hermano J.F.V. de tres años de edad, procediendo en ese momento a penetrarla nuevamente con su pene por vía vaginal." Vale tener presente que la Fiscalía de Cámara Conclusional III, al formular sus conclusiones finales en ocasión del artículo 411 C.P.P.T., no sostuvo la acusación. Postura a la cual se adhirió la representante de la Defensoría de Menores. Declaración del imputado Durante el debate y luego de haberse leído la acusación, y habiendo sido informado el encartado de su derecho de abstenerse a declarar, sin que ello implique presunción alguna en su contra, el mismo se identificó en los siguientes términos: "Mi nombre es V.F.V., tengo 49 años, DNI 23.092.596. Vivo en Río Nío con mi madre, dos de mis hermanos y mi cuñado. Tengo 4 hijos, Belén tiene 22 años, después el otro de 21, otro de 19 y después tengo otro que tiene 14. Ellos en el tiempo de la escuela viven con la madre, en las vacaciones conmigo. Trabajo como empleado público en la Comuna Rural de V.P.M.. No tengo aparte de ésta ninguna otra causa en proceso. No tengo ninguna enfermedad importante. No tengo adicciones, solo cigarrillo". A preguntas formuladas por la Fiscalía, responde: "Con la Sra. C.d.V.G. tengo 4 hijos". A preguntas de la auxiliar de Defensor de Menores, contesta: ¿Ud. tiene contacto con la Sra. G.?. "No". Cedida la palabra a la defensa técnica, pregunta: Aclare ¿cómo vive? "En el lote vivimos todos, mi madre vive en una casa adelante, y yo vivo solo al fondo en otra casilla". Finaliza. Respecto del hecho por el cual se encuentra imputado, V.F.V. manifiesta, en el debate, que no prestará declaración y que no va a agregar más de lo que ya declaró anteriormente. En consecuencia, en virtud del art. 394 CPPT., se procede por Secretaría a dar lectura de las declaraciones prestadas por el imputado en Instrucción: Declaración obrante a fs. 11/vta., de fecha 29/04/2011 ante Fiscalía de Instrucción de la V a Nominación. Declara en su parte pertinente: "Que amparándome en mis derechos constitucionales, me abstengo de prestar declaración, hasta que se apersone mi abogado particular". Otra declaración a fs. 392/393, de fecha 23/12/2011, ante Fiscalía de Instrucción de la IX a N.. En donde V. manifiesta: "Que niego todo lo que se imputa. Yo convivía con la denunciante, mis hijos anteriores, la hermana con su marido y los dos hijos de ellos. La denunciante se metió con otro hombre mientras vivía conmigo y quedó embarazada de esa persona. Esta causa fue la excusa para cubrir el adulterio e irse de la casa. El bebé lo tuvo hace poco. Es anormal que una persona que dice que le han abusado la hija, enseguida se va de la casa y vive con otro. Se ha ido el mismo día que me han detenido. S.N.V. también esta conviviendo con un hombre desde ese entonces. Hace un año ya. C. fue a buscarme a la Comisaría para decirme que quería retirar la denuncia porque era todo mentira, por eso mis abogados presentaron el convenio". Testimoniales 1. CAROLINA DEL VALLE GRAU, J. por sus creencias religiosas decir la verdad. DNI 30.031.120. Con domicilio en Las Cañitas. Conoce al imputado porque era su pareja y la víctima es su hija. Interrogado por la Fiscalía sobre el hecho, expresa: "Me siento que no puedo hablar, no me siento para hablar. Lo único que sé es que lo que me decían mis hijas después de todo lo que ha pasado, es que ellas lo habían hecho porque yo estaba saliendo con otra pareja, tenía mi pareja pero andaba con otro hombre y yo le dije a mi hija que me iba a retirar de la casa. Por eso ellas mintieron esas cosas, para que yo no tenga problemas para irme". ¿Ud. ya declaró en sede judicial? "Yo fui al Hospital de Niños y conté lo que me dijeron mis hijas". Cuando la policía se fue ¿hizo la denuncia Ud? "La policía estaba ahí". Ese día, ¿quién le cuenta lo que pasó? "Yo le explico a mi hija E., que en ese momento tenía 8 años masomenos, no me acuerdo, que me iba a retirar de la casa, y la iba a dejar un mes. Hasta que yo consiga donde vivir. En ese momento ella me dice "mamá llevala a la N. y yo le digo ¿por qué? Y ella me dice "bueno porque surge esto, surge aquello". Bueno, meses después ella me dice que había dicho eso para que yo no tenga problemas con mi pareja y esas cosas". ¿Qué es que surge esto y surge aquello? "No puedo hablar". ¿Eras de estar ausente en tu casa? "No ". ¿En qué fecha te vas de tu casa? "No recuerdo bien pero no era de estar ausente en la casa pero esa vez, antes de la denuncia, estuve casi por un mes ausente en la casa". ¿Tu hijo con quien quedaba a cargo? "Con su papá, V.V.F.. Su hija N. ¿de quien es hija? "De mi padrastro, el abusó de mí y la tuve a N.. ¿Tenés algo para contar de este hecho? "No, como le digo, no me siento bien". A preguntas de la Defensoría de Menores, contesta: Ud. dice que no se siente para hablar ¿qué es lo que le pasa que no puede contar?, ¿Qué le impide? "No, me duele el pecho nomás, me siento nerviosa". Ud. ¿escuchó lo que le decía su hija en ese momento? "Si, y después yo he vuelto a hablar y me dijo que lo habían hecho para que yo no tenga problemas". ¿Cuánto tiempo después de que le contó esto le dijo que era una mentira? "5 meses masomenos. La denuncia quedó ahí, porque ella no quería que haga nada y yo, me he quedado ahí paralizada porque no sabía qué hacer". Cedida la palabra a la Defensa Técnica, interroga a la testigo: Ud. acaba de decir que aproximadamente 5 meses después de que haga ud. la denuncia por su hija, su hija le dice otra cosa. ¿En qué circunstancia lo hace?, ¿Ud. le preguntó o ella lo dice de manera espontánea? "Yo le he preguntado qué ha pasado y me dijo que había sido todo un complot, que inventaron con su hermana E.V. para que me vaya tranquila de la casa". ¿Dónde estaba viviendo ud. en ese momento? "En Río Nío, en la casa de mi pareja". ¿Ud. le dijo a la Dra. que no hizo nada? "Si". ¿No le parece que era importante hacer algo ya que el Sr. V. estaba preso? "Si. No hice nada porque no sabía si creerle a E.. ¿Cuántos hijos tiene Sra.? "6, con el señor V.4.. Al momento de la denuncia estaba embarazada de mi sexto hijo". En ese momento, ¿cómo era la relación que tenía con su hija N.? "Y yo soy así idiota, no soy amorosa con mis hijos, con ninguno. A mis hijas no les gustaba la relación con mi otra pareja". Toma nuevamente la palabra la Defensoría de Menores: Ud. dice que sus hijas le dijeron que no la habían violado, ¿cuál de sus hijas? "E.V. que en ese momento tenía 8 añitos, N. que tenía 13 y Belén que era más chiquita". ¿Y ellas con esas edades hicieron un complot para que Ud. se vaya de la casa? "Querían que me vaya de la casa sin terminar mal con su padre". ¿Ud. se llevaba bien con sus hijas a pesar de no ser cariñosa? "Si". A otras preguntas, responde: Ud. dice que no puede contar, no entiendo ¿qué es lo que no puede contar?, ¿qué no puede decir? "No me sentía cómoda ni bien para hablar pero bueno ya he hablado". Interrogado por la Fiscalía, contesta:...

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