Sentencia de Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, 21 de Marzo de 2023
Fecha de Resolución | 21 de Marzo de 2023 |
Emisor | Corte Suprema de Justicia |
T 325, PS 78/81.
Santa Fe, 21 de marzo del año 2023.
VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por D. M. C. con patrocinio letrado contra la resolución 4 del 7 de febrero del 2022, dictada por el Tribunal del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Venado Tuerto, integrado por los doctores L.R. y O. y la doctora F., en los autos caratulados "C., D. M. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'C., D. M. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL VÍNCULO'- (CUIJ 21-06962357-0)" - (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00514826-7); y,
CONSIDERANDO:
1. Por acuerdo 142 del 3 de noviembre del 2021, el Tribunal del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Venado Tuerto, integrado por los doctores L.R. y O. y la doctora F., confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia que había condenado a C. por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, a la pena de diez años de prisión, accesorias legales y costas (fs. 13/25v.).
Contra este fallo, la defensa del imputado interpuso recurso de apelación horizontal, el que fue declarado inadmisible mediante resolución 4 del 7 de febrero de 2022 del aludido Tribunal (fs. 26/28).
2. Contra este último pronunciamiento el justiciable, con patrocinio letrado, deduce recurso de inconstitucionalidad (fs. 32/64).
Refiere a que en la instancia de apelación de la sentencia condenatoria habría surgido un "hecho nuevo" consistente en la "inexistencia de delito alguno según los dichos de la presunta víctima".
Explica que en virtud de ello, se produjeron en la Alzada pruebas -testimonios- que fueron parcialmente admitidos en esa instancia, las que se consideraron al momento de fallar.
En ese marco, plantea afectación del derecho a la doble instancia.
Luego de citas normativas, doctrinarias y jurisprudenciales que entiende aplicables al caso, precisa que el decisorio cuestionado resultaría arbitrario por omitirse el doble conforme respecto al "hecho nuevo planteado" en tanto sólo fue abordado por la Alzada sin oportunidad de revisión amplia.
3. El A quo, por auto 122, del 14 de septiembre de 2022, deniega la concesión del recurso de inconstitucionalidad (fs. 70/72); lo que motiva la presentación directa de la representación técnica del imputado ante esta Corte (fs. 74/83v.).
4. Se adelanta que la presente queja no ha de prosperar. Es que, como este Tribunal ha señalado repetidamente, conforme la mecánica de la ley 7055...
Santa Fe, 21 de marzo del año 2023.
VISTA: La queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto por D. M. C. con patrocinio letrado contra la resolución 4 del 7 de febrero del 2022, dictada por el Tribunal del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Venado Tuerto, integrado por los doctores L.R. y O. y la doctora F., en los autos caratulados "C., D. M. - RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD EN CARPETA JUDICIAL: 'C., D. M. S/ ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO POR EL VÍNCULO'- (CUIJ 21-06962357-0)" - (EXPTE. C.S.J. CUIJ N°: 21-00514826-7); y,
CONSIDERANDO:
1. Por acuerdo 142 del 3 de noviembre del 2021, el Tribunal del Colegio de Cámara de Apelación en lo Penal de Venado Tuerto, integrado por los doctores L.R. y O. y la doctora F., confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia que había condenado a C. por los delitos de abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, a la pena de diez años de prisión, accesorias legales y costas (fs. 13/25v.).
Contra este fallo, la defensa del imputado interpuso recurso de apelación horizontal, el que fue declarado inadmisible mediante resolución 4 del 7 de febrero de 2022 del aludido Tribunal (fs. 26/28).
2. Contra este último pronunciamiento el justiciable, con patrocinio letrado, deduce recurso de inconstitucionalidad (fs. 32/64).
Refiere a que en la instancia de apelación de la sentencia condenatoria habría surgido un "hecho nuevo" consistente en la "inexistencia de delito alguno según los dichos de la presunta víctima".
Explica que en virtud de ello, se produjeron en la Alzada pruebas -testimonios- que fueron parcialmente admitidos en esa instancia, las que se consideraron al momento de fallar.
En ese marco, plantea afectación del derecho a la doble instancia.
Luego de citas normativas, doctrinarias y jurisprudenciales que entiende aplicables al caso, precisa que el decisorio cuestionado resultaría arbitrario por omitirse el doble conforme respecto al "hecho nuevo planteado" en tanto sólo fue abordado por la Alzada sin oportunidad de revisión amplia.
3. El A quo, por auto 122, del 14 de septiembre de 2022, deniega la concesión del recurso de inconstitucionalidad (fs. 70/72); lo que motiva la presentación directa de la representación técnica del imputado ante esta Corte (fs. 74/83v.).
4. Se adelanta que la presente queja no ha de prosperar. Es que, como este Tribunal ha señalado repetidamente, conforme la mecánica de la ley 7055...
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