Sentencia 7501 - Diaz Arata

Poder Judicial - Mendoza. Primera Cámara en lo Criminal - Primera Circunscripción Judicial. Sentencia N° 7.501. Mendoza, 2 de diciembre de 2015. Y vistos: Por lo que resulta de lo actuado precedentemente, resolviendo en definitiva esta causa N° P-42.198/15, a tenor de lo previsto por los artículos 45, 408 y concordantes del Código Procesal Penal; Fallo:

I- Condenando a CLAUDIO DANIEL DIAZ ARATA, ya filiado, a la pena de cinco años y seis meses de prisión con más la de inhabilitación absoluta por igual término, demás accesorias legales y pago de costas, como autor culpable y responsable del delito de homicidio simple en grado de tentativa (artículos 12, 19, 29 inciso 3°; 79 y 42 del Código Penal, así como 557, 560 y concordantes del Código Procesal Penal).

II- Difiriendo la lectura de los fundamentos para la audiencia del día 11 de diciembre próximo, a las 12.00 horas (artículo 412 del Código Procesal Penal). Estando detenido el imputado Claudio Daniel Díaz Arata, disponiendo se lo haga comparecer a la audiencia fijada a cuyo efecto deberá oficiarse en forma de estilo. Cópiese, regístrese, protocolícese, notifíquese, ofíciese y comuníquese.

Mendoza, 18 de febrero de 2016.

I- Téngase presente el informe que antecede, agréguese.

II- Atento a lo allí expuesto, y encontrándose firme la Sentencia dictada en autos, practíquese el cómputo de pena de Claudio Daniel Díaz Arata. Fecho, notifíquese a quienes corresponda y al condenado en autos en forma personal mediante oficio, con copia (artículos 511 y 512 del Código Procesal Penal y 16 inciso "d", Ley 5059). Cúmplase.

Mendoza, 18 de febrero de 2016. Claudio Daniel Díaz Arata, fue condenado por esta Primera Cámara en lo Criminal en fecha 2 de diciembre de 2015 por Sentencia N° 7.501 a la pena de cinco años y seis meses de prisión con más la de inhabilitación absoluta por igual término, demás accesorias legales y pago de costas, como autor culpable y responsable del delito de homicidio simple en grado de tentativa (artículos 12, 19, 29 inciso 3°; 79 y 42 del Código Penal, así como 557, 560 y concordantes del Código Procesal Penal). El condenado registra las siguientes detenciones: En la presente causa P-42.198/15, fue detenido el día 3 de abril de 2015 (ver acta de aprehensión de fs. 11), no recuperando más su libertad. Conforme a todo ello, y a lo dispuesto por el Art. 24 del Código Penal, Claudio Daniel Díaz Arata, cumple su pena el día 3 de...

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