Sentencia 7470 - Gallardo

Poder Judicial - Mendoza - Primera Cámara en lo Criminal - Primera Circunscripción Judicial - Sentencia Nº 7.470. Mendoza, 25 de septiembre de 2015. Y vistos: Por lo que resulta de lo actuado precedentemente, resolviendo en definitiva esta causa N° P-95.564/14 y sus acumuladas N° P-95.692/14; P-95.641/14 y P-87.297/13 a tenor de lo previsto por los artículos 45, 408 y concordantes del Código Procesal Penal; Fallo:

I- Absolviendo de culpa y cargo a JONATHAN DANIEL GALLARDO CASELLA, "perro", "perrito" o "pocho", ya filiado, del delito que se le atribuyera en la causa N° P-95.564/14, por Falta de acusación fiscal (artículo y 405 del Código Procesal Penal). Atento a ello, ordénese la Libertad de Jonathan Daniel Gallardo Casella, únicamente en la causa P-95.564/14, la cual oportunamente será comunicada a Penitenciaría Provincial, adjuntándose copia de la presente sentencia (artículo 414 en función con el art. 295 del Código Procesal Penal).

II- Condenando a Jonathan Daniel Gallardo Casella, arriba filiado, a la pena de doce años de prisión con más la de inhabilitación absoluta por igual término, demás accesorias legales y pago de costas, como coautor culpable y responsable del delito de robo agravado por el uso de arma de fuego apta para el disparo (Causa P-95.692/14); como coautor culpable y responsable del delito de robo agravado por el uso de arma impropia (Causa P-87.297/13) y como autor de los delitos de violación de domicilio, portación ilegítima de arma de fuego de uso civil, encubrimiento simple y encubrimiento agravado, todos en concurso real (Causa P-95.641/14), todos ellos concursados materialmente (artículos 12, 19, 29 inciso 3°; 45 y 166 inciso 2°, segundo párrafo; 45 y 166 inciso 2° primer supuesto; 150, 189 bis (2) tercer párrafo, 277 inciso 1 letra c); 277 inciso 3 letra a), 55 y 55 del Código Penal, así como 557, 560 y concordantes del Código Procesal Penal). I

II- Difiriendo la lectura de los fundamentos para la audiencia del 2 de octubre próximo a las 12.00 horas (artículo 412 del Código Procesal Penal). Estando detenido el imputado Jonathan Daniel Gallardo Casella, disponiendo se lo haga comparecer a la audiencia fijada a cuyo efecto deberá oficiarse en forma de estilo.

IV- Regulando los honorarios profesionales del Doctor Osvaldo Daniel Avaca, como defensor de Jonathan Daniel Gallardo Casella, a cargo de éste y por la labor desarrollada en autos, en la suma de Pesos dos mil ($ 2.000) (Artículos 557, 560 y concordantes del...

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