Sentecia definitiva Nº 28 de Secretaría Penal STJ N2, 27-04-2020

Fecha27 Abril 2020
Número de sentencia28
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
VIEDMA, 27 de abril de 2020.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "R., B.A. y C., S. s/Incidente de excarcelación s/Casación" (Expte. Nº 30709/20 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Que la deliberación previa a la resolución ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor J.R.A.A. dijo:
1. Antecedentes de la causa:
Mediante Sentencia Interlocutoria Nº 2, del 13 de febrero de 2020, la Cámara Segunda en lo Criminal de General Roca resolvió "REVOCAR la PRISIÓN PREVENTIVA y disponer la LIBERTAD de B.A.R. y S.C. en los presentes autos, sin perjuicio de otras ordenes de detención que pudieren registrar a partir del día 13 de Febrero de 2020. Libertades que recién podrá hacerse efectiva una vez depositada la CAUCIÓN REAL de SETECIENTOS MIL PESOS ($700.000), por cada uno de ellos, a disposición de estos autos, en los términos del art. 287 quinquies del CPP, y asignada la TOBILLERA ELECTRÓNICA con seguimiento de GPS, en esta localidad, o donde este contralor pueda ser llevado a cabo. Localidad de la cual no podrá ausentarse sin previa y expresa autorización de este Tribunal, bajo apercibimiento de revocarse el beneficio concedido".
Contra lo decidido, el letrado defensor de ambos imputados, M.E.H.V., presenta un escrito en el que, en lo pertinente, interpone un recurso de casación contra la caución real dispuesta, que la Cámara declara formalmente admisible.
2. Agravios del recurso de casación
La defensa impugna el monto de caución real impuesto, alega la indigencia de sus pupilos y refiere que no habría intenciones de fuga, por lo que entiende que la caución debería ser sustituida. Menciona en tal sentido a una persona (cuñada de uno de ellos) que podría ofrecer un pagaré, u ofrece otras propiedades con tal fin.
Señala que el tribunal debió fundar por qué decidió imponer este tipo de caución y no una juratoria, con cita de la normativa ritual.
Por las razones dadas, solicita que se decrete la libertad de sus defendidos, sin reenvío.
3. Análisis y solución del caso
El recurso presentado no tiene chances de prosperar, en tanto contiene una petición que resulta improponible.
El recurrente ya ha efectuado ante este Superior Tribunal planteos donde solicitaba la excarcelación de sus defendidos o, mejor dicho, recurría decisiones que les eran adversas, ocasiones en la que este Cuerpo sostuvo de manera reiterada que la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR