Sentecia definitiva Nº 2 de Secretaría Penal STJ N2, 17-05-2023

Número de sentencia2
Fecha17 Mayo 2023
EmisorSecretaría Penal STJ nº2
VIEDMA, 17 de mayo de 2023.
VISTO: Las presentes actuaciones caratuladas: "GONZÁLEZ, F.J. y otros s/Incumplimiento de los deberes de funcionario público s/Juicio s/Casación" (Expte.Nº 30067/18 STJ), puestas a despacho para resolver, y
CONSIDERANDO:
Que la deliberación previa a la resolución ha concluido con el acuerdo de los señores Jueces que se transcribe a continuación.
El señor J.R.A.A. dijo:
1. Antecedentes de la causa
Mediante Auto Interlocutorio N° 2, del 9 de marzo de 2021, este Superior Tribunal resolvió conceder, entre otros, el recurso extraordinario federal interpuesto por el abogado O.R.P. respecto de F.J.G., D.R.L., J.M.A., J.O.C., A.D.P. y C.U..
Dicho recurso había sido articulado contra la sentencia N° 56/20 de este Cuerpo que, en lo que aquí interesa, había rechazado -por mayoría- diversos recursos de casación: uno de ellos presentado por el referido letrado, conjuntamente con M.C.C., en representación de F.J.G., D.R.L., J.M.A., G.A.P. y J.O.C.; asimismo, el nombrado P. había articulado otros dos recursos como codefensor: respecto de A.D.P. y C.U. (en forma conjunta con el letrado J.C.C. y respecto de C.B. (junto con el abogado D.T.. Esa sentencia confirmó así la decisión de la Sala B de la Cámara en lo Criminal de Viedma (Sentencia N° 60/18) que había resuelto, en lo pertinente, lo siguiente:
"(?) Tercero: CONDENAR a C.A.B., de las demás condiciones personales obrantes en autos, a la pena de tres años y seis meses de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua, con la accesoria legal del art. 12 del Código Penal y costas procesales por considerarlo autor penalmente responsable del delito de peculado (arts. 12, 29 inc. 3°, 40, 41, 45 y 261, primer párrafo, del Código Penal y 498 y 499 del Código Procesal Penal).
"Cuarto: CONDENAR a F.J.G., de las demás condiciones personales obrantes en autos, a la pena de tres años y seis meses de prisión e inhabilitación absoluta y perpetua, con la accesoria legal del art. 12 del Código Penal y costas procesales por considerarlo autor penalmente responsable del delito de peculado (arts. 12, 29 inc. 3°, 40, 41, 45 y 261, primer párrafo, del Código Penal y 498 y 499 del Código Procesal Penal).
"Quinto: CONDENAR a C.L.U., J.M.A., A.D.P., D.R.L., J.O.C. y J.E.O., de las demás condiciones personales obrantes en autos, a la pena de dos años y seis meses de prisión en suspenso e inhabilitación absoluta y perpetua, con el accesorio de las costas procesales, por considerarlos partícipes necesarios...

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