Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala I, 13 de Noviembre de 2014, expediente CAF 003909/2014/CA001

Fecha de Resolución13 de Noviembre de 2014
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala I

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV Causa Nº 3909/2014, SCARFIA, O.A. c/ EN-M JUSTICIA DDHH s/AMPARO POR MORA Buenos Aires, 13 de noviembre de 2014.

Y VISTOS:

Para resolver el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia de fs. 158/vta.; y CONSIDERANDO:

  1. Que, O.A.S., con residencia en Bogotá, Colombio, y por apoderada, promovió amparo por mora contra el Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos), con el objeto de que se le ordenara dictar resolución sobre la ampliación de la indemnización que había solicitado con sustento en lo establecido en la ley 24.043 y sus modificatorias, por el período en que debió

    recurrir al exilio forzoso. Cabe destacar que la reparación económica por el lapso en que permaneció privado ilegítimamente de su libertad fue reconocida por resolución 666/2004, del ex Ministerio de Justicia, Seguridad y Derechos Humanos; y ascendió a la suma de $ 15.162 al 3/02/2002 (conf. fs. 77/101).

  2. Que el juez de grado hizo lugar a la acción y fijó el plazo de veinte días hábiles para que el demandado resolviera la petición formulada en dicho expediente. Asimismo, le impuso las costas en su condición de vencido. El magistrado entendió configurada la mora al concluir que la Administración había dejado vencer los plazos al no haber acreditado pronunciamiento alguno desde el pedido de pronto despacho, conforme la prueba documental acompañada. (fs. 158/vta.).

  3. Que el Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos) interpuso y fundó recurso de apelación contra dicho Fecha de firma: 13/11/2014 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.E.M., JUEZ DE CAMARA Firmado por: R.W.V., JUEZ DE CAMARA pronunciamiento (fs. 163/165), que fue concedido (fs. 168), y contestado por su contraria (fs. 172/173 vta.).

    En lo sustancial, el recurrente señaló que por resolución 666/04 se le otorgó al actor beneficio por el período que estuvo detenido y que recién el 8 de octubre de 2010 aquél pidió indemnización correspondiente al exilio incorporando pruebas en enero de 2011, las que, a su criterio, no resultaban suficientes para el dictado de la resolución, circunstancia que no escapaba al conocimiento del actor conforme lo señaló en el escrito de pronto despacho del 2 de mayo de 2013. Ello, sumado a la modificación de los dictámenes de la Procuración del Tesoro de la Nación y de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que generaron la presentación de nuevos reclamos...

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