Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 28 de Abril de 2023, expediente CNT 025577/2019/CA001

Fecha de Resolución28 de Abril de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

Expediente Nº CNT 25577/2019/CA1

JUZGADO Nº 42

AUTOS: “SANTILLAN, MARIO HERNAN c. PUNTO INDUSTRIAL

S.R.L. y otros s. Despido”

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 28 días del mes de abril de 2023

VISTO:

El acuerdo conciliatorio presentado en formato digital mediante el sistema Lex 100 el 21.04.2023 y las presentaciones –también en formato digital-

incorporadas el 24.04.2023 y 26.04.2023 y;

CONSIDERANDO:

  1. Teniendo a la vista las constancias del expediente que obran en el sistema Lex 100, el texto del acuerdo conciliatorio arribado con la intervención letrada de las partes, la aceptación de la parte actora respecto del monto ($900.000) forma de pago e imputación efectuada, así como lo manifestado en cuanto a que una vez percibido el importe acordado, nada más tendrá que reclamar de la demandada prestando conformidad a efectos que se ordene el levantamiento del embargo preventivo trabado sobre el 50% del vehículo automotor Dominio AE726QG, corresponde acceder a lo solicitado, dejando constancia que también se verifica la sentencia recaída en la anterior instancia y los recursos deducidos.

    La parte actora desiste de la acción y del derecho contra TRANSCOLOR

    S.A. y PUNTO INDUSTRIAL S.A., solicitando que las costas sean impuestas por su orden.

  2. En tanto no se advierte que los términos del acuerdo impliquen una violación a las normas de orden público y, teniendo en cuenta que, en principio, su contenido material constituye una equitativa composición de los derechos litigiosos en juego (artículo 15 del L.C.T.);

    Fecha de firma: 28/04/2023

    Firmado por: V.A.P., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA 1/

    Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

    Expediente Nº CNT 25577/2019/CA1

    Por ello, el TRIBUNAL

    RESUELVE:

    I) HOMOLOGAR el acuerdo conciliatorio arribado en autos y otorgarle calidad de cosa juzgada; II) Homologar el desistimiento de la actora de la acción y del derecho contra Transcolor S.A. y Punto Industrial SRL, costas por su orden; III) Tener a las partes por desistidas de sus respectivos recursos; IV) Dejar sin efecto la imposición de costas y las regulaciones de honorarios practicadas en grado (artículo 279 CPCCN); V) Eximir a la demandada del pago de la tasa de justicia (artículo 42 de la L.O.); VI) Regular los honorarios de la...

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