Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 28 de Mayo de 2020, expediente CNT 014940/2019/CA001

Fecha de Resolución28 de Mayo de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

- SALA VII

Causa N°: 14940/2019

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 49238

CAUSA Nº 14.940/2019 - SALA VII - JUZGADO Nº 24

AUTOS: "EXHORTO. S.S.C. c/ ASEO

ARGENTINA S.A.”

Buenos Aires, 28 de mayo de 2020.

VISTO:

El recurso concedido al diligenciante que interpuso a fs. 21 en subsidio para el caso de rechazar el de revocatoria que dedujo contra el auto de fs. 20, concedido a fs. 22

A fs. 23 obra la réplica de la contadora al recurso traído a conocimiento del Tribunal.

CONSIDERANDO:

  1. En el caso, como cuestión previa, es necesario indagar la época o momento en que se cumplió el hecho, acto o relación jurídica que engendró y sirvió de fundamento a la obligación, ya que esa circunstancia determinará cuál es la legislación aplicable.

    Ello así en concordancia con lo dictaminado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa CSJ 32/2009 (45e)/ CS1

    originario “ESTABLECIMIENTOS LAS MARÍAS S.A.C.I.F.A. c/ MISIONES,

    Provincia de s/ acción declarativa” en el acuerdo del 4 de setiembre de 2018

    (manteniendo los Fallos: 321:146; 328:1381; 329:1066, 3148, entre muchos otros) y por la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires en el fallo “M.H.H. c/ PROVINCIA DE Buenos Aires S/

    INCOST. Decr.-ley 9020” de fecha 8 de noviembre de 2017, que remite al criterio adoptado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación a partir del precedente que se registra en el Fallo 319:1915 (mantenido en Fallos:

    320:31; 2349 y 2756; 321:146; 330, 532 y 1757; 325:2250).

    Allí, respecto de la aplicación temporal de la nueva norma arancelaria -Ley 27.423 (B.O. del 22/12/2017), promulgada por Decreto 1077/17, que contiene, en su Art. 7, una observación del Art. 64-, se concluyó que no es aplicable a los procesos fenecidos o en trámite, en lo que respecta a la labor desarrollada durante las etapas procesales concluidas durante la vigencia de la ley 21.839 y su modificatoria ley 24.432, o que hubieran tenido principio de ejecución.

    De tal modo, en el caso, en tanto la labor profesional se cumplió

    en vigencia del nuevo régimen arancelario (ver inicio de las actuaciones del Fecha de firma: 28/05/2020

    Firmado por: N.M.R.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: H.H.K., SECRETARIO

    Firmado por: G.L.C., JUEZ DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO

    - SALA VII

    Causa N°: 14940/2019

    6/5/2019), habrán de utilizarse las normas arancelarias...

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