Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 22 de Agosto de 2017, expediente CIV 046782/2011

Fecha de Resolución22 de Agosto de 2017
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 46782/2011 S.F.M. Y OTRO c/

CONCLAVE SA s/CONSIGNACION DE ALQUILERES Buenos Aires, de agosto de 2017.- FMC AUTOS Y VISTOS:

  1. En cuanto a la retribución por los trabajos realizados por el letrado de la parte actora durante la ejecución de sentencia, ha dicho este Tribunal que, a falta de previsión expresa en la ley de arancel, cabe recurrir por analogía a los principios contenidos en el art. 40, ley 21.839, razón por la cual la totalidad de ella habrá de considerarse como una etapa, pues sólo comprende los trabajos realizados desde la sentencia hasta su cumplimiento, que es precisamente la segunda de las etapas a que alude la norma referida.

    Teniendo en cuenta la naturaleza, importancia y extensión de los trabajos realizados por el Dr. E.F.P., letrado apoderado de la parte actora, en la ejecución de sentencia promovida a fs. 538; el monto comprometido, de conformidad con la suma dada en pago a fs. 56 y la liquidación de fs. 745, aprobada a fs. 777; la etapa cumplida; la circunstancia de que no se opusieron excepciones; la conclusión del procedimiento en virtud de la dación en pago de fs.

    745/46, y lo dispuesto por los artículos 1, 6, 7, 9, 19, 37 y 40 de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432, se reduce la retribución fijada a su favor a fs. 781 a pesos setenta y cinco mil ($ 75.000).

  2. Es criterio reiterado del Tribunal que el monto de los honorarios del martillero por una subasta que no se realizó por causas ajenas a él, debe fijarse prudencialmente ponderando las particulares circunstancias del caso, por tratarse de la remuneración de tareas preparatorias, no sujetas a una escala determinada.

    En virtud de lo expuesto, teniendo en cuenta los trabajos realizados por el martillero B.T.K., consistentes en la aceptación del cargo, constatación del inmueble, estimación de Fecha de firma: 22/08/2017 Firmado por: P.B.I.-O.O.Á. #13109825#186171815#20170818123056072 la base para el remate, solicitud de mandamiento de exhibición y de nueva fecha para la subasta; la...

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