Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, 27 de Julio de 2022, expediente FPA 000526/2021/CA001

Fecha de Resolución27 de Julio de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 526/2021/CA1

Paraná, 27 de julio de 2022.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “SANCHEZ, B.O.

CONTRA ANSES SOBRE REAJUSTES VARIOS”, expte. N° FPA

526/2021/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Paraná; y,

CONSIDERANDO:

I- Que, llegan las presentes actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso extraordinario promovido por la demandada en fecha 02/06/2022, contra la resolución de este Tribunal del día 17/05/2022.

Contesta traslado la parte actora el día 06/06/2022 y pasa la causa para resolver el 30/06/2022.

II- Que, en lo que aquí interesa, la resolución de primera instancia acogió la excepción de prescripción interpuesta por la demandada.

Declaró la inconstitucionalidad de los Dec. 163/2020,

495/2020, 692/2020 y 899/2020.

Hizo lugar parcialmente a la demanda incoada, revocó

el acto administrativo cuestionado y ordenó a la demandada a abonar el nuevo haber y las diferencias retroactivas que surjan de la liquidación a realizar con más los intereses a la tasa pasiva que publica el B.C.R.A.

Impuso las costas por su orden (art. 21 de la ley 24463); difirió la regulación de honorarios y tuvo presente la reserva del caso federal efectuada por las partes.

Ante dicha decisión se alzó la parte demandada y por resolución de fecha 17/05/2022, esta Cámara resolvió hacer Fecha de firma: 27/07/2022

Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: C.G.G., JUEZA DE CAMARA

Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: N.B.S., SECRETARIA DE CAMARA

lugar parcialmente al recurso de apelación, revocar la declaración de improcedencia sobre las retenciones en concepto de impuesto a las ganancias por parte de ANSES y confirmar la sentencia en todo lo demás.

Imponer las costas de la presente instancia en el orden causado (art. 21 de la Ley 24.463), regular honorarios y tener presente la reserva del caso federal efectuada.

Contra la citada resolución la demandada -ANSES-

promueve recurso extraordinario.

III-

  1. Que, la impugnante sustenta su recurso en lo dispuesto por el art. 14 de la ley 48. Enumera los requisitos comunes y propios para la interposición del remedio intentado.

    Refiere a la oportunidad en que surgió la cuestión federal y a la introducción de su planteo.

    Afirma que existe en la causa cuestión federal por requerir la solución del pleito de la interpretación de normas de indudable carácter federal y que lo decidido ha sido contrario a la...

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