Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 17 de Mayo de 2016, expediente CIV 043658/1999/CA002

Fecha de Resolución17 de Mayo de 2016
EmisorCamara Civil - Sala D

43658/1999 S.A.R. Y OTROS c/ CHAVEZ NATIVIDAD DE JESUS s/EJECUCION HIPOTECARIA Buenos Aires, de mayo de 2016 Y VISTOS. CONSIDERANDO:

Han sido elevadas las actuaciones para el tratamiento de los recursos deducidos a fojas 519/521 (en forma subsidiaria de un pedido de revocatoria) por la parte actora y a fojas 524 por la demandada contra los pronunciamientos de fojas 510 y 511/518. El escrito de fundamentación de la ejecutante obra a fojas 519/521 por la naturaleza del planteo. El traslado conferido a fojas 523 vuelta punto II in fine no ha sido contestado. Por su parte, los agravios expresados por los ejecutados lucen a fojas 529/531, obrando el respectivo responde a fojas 535/542.

  1. En orden al primero de los recursos deducidos, la decisión de fojas 510 no causa gravamen al apelante ya que a tenor de lo decidido a fojas 523 tercer y cuarto párrafo la petición no ha sido denegada, sino sólo postergado su consideración para luego de la intimación dispuesta en el mismo auto recurrido.

    Ello sentado, el recurso decretado a fojas 523 vuelta punto II ha sido mal concedido.

  2. Concerniente a la apelación formulada por la parte demandada con relación a la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 1, 2, 3, 4, 9, 10, 11 y 12 de la ley 25.561 y del Decreto N° 214/02, en cuanto establece la pesificación de la deuda, esta Sala -aunque con otra composición- se ha pronunciado sobre la constitucionalidad del plexo normativo invocado en inmumerables precedentes (in re “C.A. y otro c/ L.J.E. s/ejecución hipotecaria”, 18 de julio de 2003; “N.R.H. c/ G.V.E. y otro s/ejecución hipotecaria”, del 12/8/03, expte. n° 85.791/02; “S.R.G.A. c/MagarilC.H.S.ón, 21-12-06; “F., J.E. c/PralcoS. s/ejecución hipotecaria “, 21-12-06; “”O.J.R. c/Arce Studios 766 SA s/ejecución hipotecaria”, 27-3-07; “Rial de L.M. c/CrespiJ.A. s/ejecución especial ley 24.441", 19-4-07; Fecha de firma: 17/05/2016 Firmado por: B.P. BRILLA DE S.A.M.R.O.O.Á., JUECES DE CAMARA #13424962#153429912#20160519084057091 “Emerging Markets Fixed Income Ltd. C/Figueroa G. delC. s/acción declarativa”, 16-5-07, entre muchos otros), a cuyos fundamentos corresponde remitirse por razones de brevedad. Ello con la salvedad que debe efectuarse con relación a la ley 25.798 modificada por la ley 25.908, toda vez que en sus orígenes el tribunal declaró su inconstitucionalidad, habiéndose variado posteriormente dicha postura, siguiendo precisamente la doctrina de la C.S.J.N.

    En efecto, la Corte Suprema de...

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