Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii, 30 de Marzo de 2017, expediente CNT 046762/2013/CA001
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2017 |
Emisor | Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Ii |
Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA II SENTENCIA DEFINITIVA Nº: 110281 SALA II EXPEDIENTE Nº: 46762/2013 (JUZG. Nº 4)
AUTOS: "SALVAREZZA, FELIPE c/ EASY PAGO S.A. Y OTRO s/ DESPIDO”
VISTO
Y CONSIDERANDO:
En la Ciudad de Buenos Aires, el 30 de marzo de 2017, reunidos los integrantes de la Sala II a fin de considerar el recurso deducido en autos y para dictar sentencia definitiva en estas actuaciones, practicado el sorteo pertinente, proceden a expedirse en el orden de votación y de acuerdo con los fundamentos que se exponen a continuación.
M.Á.P. dijo:
La sentencia de primera instancia hizo lugar parcialmente a las pretensiones salariales, indemnizatorias y sancionatorias deducidas en el escrito inicial (fs. 109/111).
A fin de que sea revisada esa decisión por este Tribunal de Alzada, interpuso recurso de apelación el actor, en los términos y con los alcances que explicita en su expresión de agravios (fs. 113/114).
A. fundamentar el recurso, la parte actora se agravia porque la Sra. Juez a quo no hizo lugar a las diferencias salariales reclamadas.
Por esta razón que -sucintamente-, se ha reseñado, solicita se revoque el fallo recurrido en cuanto ha sido materia de agravios y se haga lugar al reclamo por diferencias salariales, con costas a la accionada.
El actor se agravia porque la magistrada de grado rechazó las diferencias salariales reclamadas al considerar que “… no se explica debidamente el sustento fáctico y jurídico del rubro, ni el modo como se arriba al importe en cuestión… el actor trabajaba… 5 horas diarias y 25 semanales (art. 92 ter LCT), por lo que su pretensión de recibir el 93,75% de la retribución de un trabajador de jornada completa (8 horas diarias y 48 horas semanales) no resiste el menor análisis” (ver escrito de expresión de agravios, fs. 113 y vta.). A su vez, el recurrente sostiene que, al proceder su reclamo sobre diferencias salariales, “… deberá también ajustarse la base de cálculo a esta mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada, recalculándose así todos los rubros por los que prospera la demanda.” (ver escrito de expresión de agravios, fs.
114).
Fecha de firma: 30/03/2017 Firmado por: G.A.G., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.A.P., JUEZ DE CAMARA Firmado por: M.C.F., SECRETARIO INTERINO #20013906#174932875#20170331134519201 Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -
SALA II La sentencia recurrida -en lo atinente a la cuestión...
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