Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 4 de Abril de 2019, expediente CAF 047044/2017/CA001

Fecha de Resolución 4 de Abril de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V Expte. N° CAF 47044/2017/CA1. “S.K.B. Y OTROS c/ EN- M° SEGURIDAD-

PFA s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG”.-

En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de abril de dos mil diecinueve, reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver los recursos interpuestos en el expediente “S.K.B. Y OTROS c/ EN- M° SEGURIDAD- PFA s/ PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Sr. Juez de Cámara, Dr. G.F.T., dijo:

  1. Que mediante la sentencia de fojas 103/108, el juez de la instancia anterior hizo lugar a la demanda entablada en autos.

    En consecuencia, reconoció el carácter remunerativo y bonificable de las asignaciones creadas por el Decreto Nº 2140/13 y 380/17; y ordenó abonar las retroactividades devengadas desde la entrada en vigencia de la norma aplicando el plazo quinquenal de prescripción establecido en el artículo 4027 inciso 3º del Código Civil, con más intereses calculados a la tasa pasiva promedio que publicara el Banco Central de la República Argentina (BCRA).

    Impuso las costas a la vencida.

  2. Que la parte demandada apeló a fojas 109 y expresó agravios a fojas 114/123, que fueron replicados por su contraria a fojas 125/127.

    En su memorial, se agravió en cuanto se la condenó a incluir los suplementos establecidos por los Decretos Nº 2140/13 y 380/17 en el rubro “haber mensual”, con carácter remunerativo y bonificable. Por otro lado, cuestionó lo decidido en torno al plazo de la prescripción aplicable a las diferencias salariales reconocidas y la manera en que fueron impuestas las costas.

    Fecha de firma: 04/04/2019 Alta en sistema: 08/04/2019 Firmado por: GALLEGOS FEDRIANI PABLO , JUEZ DE CAMARA Firmado por: J.F.A., JUEZ DE CAMARA Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA #30196008#231022057#20190403160314323 En consecuencia, solicitó que se revocara la sentencia apelada en lo que había sido materia de agravios, con costas.

  3. Que en este estado de las actuaciones, corresponde analizar el recurso interpuesto por la parte demandada.

    III.1.- En relación con el Decreto Nº 2140/13, cabe señalar que sustituyó el artículo 396 ter de la Reglamentación de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina, aprobada por el Decreto Nº

    1866/93 y sus modificatorias, por el siguiente: “El suplemento particular ‘Servicio Externo Uniformado’, de carácter remunerativo y no bonificable, lo percibirá mensualmente el personal destinado en las distintas Comisarías al que se le asignare servicios de cuatro que deban cumplimentarse vistiendo uniforme y el personal de brigada de...

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