Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 30 de Marzo de 2023, expediente CAF 015602/2020/CA001
Fecha de Resolución | 30 de Marzo de 2023 |
Emisor | Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V |
Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
FEDERAL- SALA V
15602/2020
SALGADO, JULIO HERNAN Y OTRO c/ EN - M SEGURIDAD -
PSA s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG
En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de marzo de dos mil veintitrés,
reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “S.J.H. y otro c/ EN-M Seguridad-PSA s/ Personal Militar y Civil de las FFAA y de Seg.” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:
¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?
El Sr. Juez de Cámara, Dr. P.G.F., dijo:
I.-Que mediante la sentencia del 29/10/21, la Sra. Juez de la instancia anterior hizo lugar a la demanda interpuesta en autos contra el Estado Nacional; ordenó que la accionada incorpore al haber mensual de la parte actora con carácter remunerativo y bonificable,
las asignaciones previstas en el decreto 2140/13 y modificatorios.
Asimismo, condenó a la demandada a que abone el retroactivo devengado por lo percibido en menos con el alcance allí establecido (ver considerando IX). Impuso las costas en el orden causado.-
II.-Que el 4/11/21 apeló la demandada y el 13/12/21 expresó agravios, los que fueron contestados por su contraria el 22/12/21. El 16/3/23 esta Sala, por mayoría, rechazó el replanteo de prueba efectuado por la accionada y el 17/3/22 se llamaron autos para sentencia.-
III.-Que cabe recordar que los jueces no están obligados a seguir a las partes en todas sus alegaciones, sino solo respecto de los puntos propuestos que sean conducentes para la solución del juicio (Fallos: 301:1187; 319:119; 307:2012; 311:2135; entre otros.
Fecha de firma: 30/03/2023
Alta en sistema: 31/03/2023
Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.L.A., SECRETARIA DE CAMARA
IV.-Que se agravia la demandada de la incorporación al recibo de sueldo de la parte actora del suplemento “Por Exigencia del Servicio de Seguridad Aeroportuaria” creado por el decreto 2140/13, con carácter remunerativo y bonificable. Asimismo, se agravia de la jurisprudencia tenida en cuenta por la Sra. a quo para la resolución del conflicto.-
V.-Que las circunstancias de esta causa son sustancialmente análogas a las resueltas por esta Sala en la causa Nº
67.645/2018 “Faciano, J.A. c/ En - M Seguridad - PSA
s/Personal Militar y...
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