Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata - CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL, 10 de Octubre de 2023, expediente FMP 031542/2015/CA001

Fecha de Resolución10 de Octubre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA - SECRETARIA PREVISIONAL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE MAR DEL PLATA

SAEZ, H.M. c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES; 31542

2015

SA ///del plata,

AUTOS Y VISTO:

En primer término y en virtud de la excusación formulada por el Sr. Juez, Dr. B.D.B., para intervenir en el tratamiento del recurso de apelación en estudio, corresponde tenerlo por excusado y en consecuencia integrar el Tribunal con los suscriptos.-

Llegan los autos a esta Alzada con motivo del recurso de apelación deducido por la parte demandada en oposición a la sentencia dictada por el juez de grado.-

Que del examen de las presentes actuaciones surge que la Sra. S.H.M. adquirió su beneficio previsional conforme lo normado por la Ley 24.241, teniendo como fecha de adquisición del derecho el día 19/04/2010.-

Ingresando concretamente en el análisis de los agravios planteados por la demandada en su memorial, se advierte que los mismos están dirigidos a cuestionar el reajuste de la PBU, la tasa de interés aplicada y el tratamiento de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463.-

A partir de lo expuesto y siendo que todo ello resulta sustancialmente análogo a lo examinado por esta Cámara Federal de Apelaciones de Mar del Plata, en los fallos: “DIYARIAN, A.S.

c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES” 'PROTOCOLO A.. 6/14

Materias Civiles' Clave: FMP 041051750/2011/CA001 Fecha: 29/06/2018,

GIANOLI, N.I. c/ ANSeS s/REAJUSTE DE HABERES

,

'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles' Clave: FMP 062011554/2011

CA001 Fecha: 18/02/2016 y “LAYA, G.A. c/ ANSES s REAJUSTE DE HABERES, 'PROTOCOLO A.. 6/14 Materias Civiles'

Clave: FMP 022553/2019/CA001 Fecha: 26/12/2022, entre otros, que remiten a los antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en Fecha de firma: 10/10/2023

Firmado por: A.O.T., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.B., CONJUEZ

Firmado por: S.C., SECRETARIA DE CÁMARA

Elliff

(Fallos: 332:1914) y “Q.C.A.c. s REAJUSTES VARIOS”, Fecha 11/11/2014, por lo que corresponde remitir a los fundamentos allí vertidos, que pasan a formar parte del presente resolutorio.-

Respecto al agravio relacionado con el tratamiento de inconstitucionalidad del art. 9 de la ley 24.463, norma que establece un sistema de topes a los haberes previsionales, corresponde aclarar que en casos anteriores al presente hemos declarado la inconstitucionalidad del sistema de topes en oportunidad de pronunciarnos sobre la sentencia definitiva. Sin embargo, un nuevo análisis de la cuestión nos lleva a rever...

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