Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 11 de Mayo de 2023, expediente CNT 003629/2019/CA001

Fecha de Resolución11 de Mayo de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 53853

CAUSA Nº 3629/2019 – SALA VII – JUZGADO Nº 4

AUTOS: “SADI NIETO, MATIAS IGNACIO C/ FREDDO S.A. Y OTROS S/

DESPIDO”.

Buenos Aires, 10 de mayo de 2023.

VISTO:

El desistimiento de la acción y del derecho respecto de los demandados AROMA CAFE S.A., GRUPO PEGASUS S.A., BOSCH

JERONIMO JOSE y el acuerdo conciliatorio arribado por el actor MATIAS

IGNACIO SADI NIETO con la codemandada FREDDO S.A.

CONSIDERANDO:

  1. Que las condiciones pactadas son razonables y no significan ni tácita ni expresa renuncia de derechos amparados por normas de orden USO OFICIAL

    público (cfr. art. 15 L.C.T. y 69 ley 18.345).

  2. Que, corresponde homologar el desistimiento de la acción y del derecho con relación al reclamo contra los codemandados AROMA CAFE

    S.A., GRUPO PEGASUS S.A., B.J.J. y atento la expresa conformidad prestada por ellos, corresponde imponer por su orden las costas en relación al desistimiento (art. 68 párrafo del C.P.C.C.N.).

  3. Que, cabe tener presente, la forma y plazo de pagos acordados, el reconocimiento formulado por la codemandada FREDDO S.A.

    en relación a los honorarios de la representación letrada del actor, y el resto de las costas generadas a su respecto; y practicar nueva regulación de honorarios al perito contador H.A.C.P.,

    teniendo en cuenta la calidad, mérito y extensión de las labores desplegadas,

    conforme arts. 15, 16, 21, 22, 25, 58, 59 y concordantes de la Ley 27.423 y demás pautas arancelarias de aplicación en la suma de $328.526 (Pesos trescientos veintiocho mil quinientos veintiséis) equivalente a 22 UMA (valor del UMA $14.933); así como lo convenido en caso de incumplimiento y todo lo demás manifestado.

  4. Que la totalidad de los demandados solicitan se los exima del pago de la Tasa de Justicia.

    Por todo lo expuesto el Tribunal

    RESUELVE:

    1) Homologar el desistimiento del actor de la acción y del derecho respecto de los codemandados AROMA CAFE S.A., GRUPO PEGASUS S.A., BOSCH

    JERONIMO JOSE, e imponer las costas por tal desistimiento en el orden causado (art. 68 segunda parte del C.P.C.C.N.). 2) Homologar el acuerdo conciliatorio celebrado entre el actor M.I.S. NIETO con la Fecha de firma: 11/05/2023

    Firmado por: P.S.R., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.E.P.V., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.B.Q., SECRETARIA DE CAMARA

    codemandada FREDDO S.A., al que se ha arribado en autos y la forma y plazo de pago convenido. 3) C. en la forma pactada, así como...

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