Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 3, 27 de Diciembre de 2018, expediente CSS 045979/2014/CA001

Fecha de Resolución27 de Diciembre de 2018
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 3

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3 SENTENCIA INTERLOCUTORIA EXPEDIENTE NRO: 45979/2014 AUTOS: “O.S. ACCION SOCIAL DE EMPRESARIOS c/ CENTRO GALLEGO BUENOS AIRES s/EJECUCION LEY 23660

Buenos Aires, EL DR. M.L. DIJO:

Vistas las presentes actuaciones, donde la Dra. M.M.L.A. apela, a fs. 118, los honorarios que le fueran regulados por el a quo a fs. 116, en razón de considerarlos elevados, ha de ser confirmada, atento la naturaleza de la cuestión debatida y la importancia de la labor profesional desarrollada ( art. 13 de la Ley 24.432).

EL DR. N.A.F. DIJO:

Que adhiere a las conclusiones del voto del Dr. L..

Por lo que resulta del acuerdo que antecede, el Tribunal

RESUELVE:

Confirmar los honorarios que le fueran regulados por el a quo a fs. 116, atento la naturaleza de la cuestión debatida y la importancia de la labor profesional desarrollada ( art. 13 de la Ley 24.432).

C., protocolícese, notifíquese, cúmplase con la Comunicación dispuesta por la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Nación en la Acordada Nº 15/13 (p. 4 y conc.) y...

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