Sentencia de CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES, 14 de Agosto de 2015, expediente FCT 000006/2013/CA001
Fecha de Resolución | 14 de Agosto de 2015 |
Emisor | CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES |
Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE CORRIENTES FCT 6/2013/CA1 Corrientes, trece de agosto de dos mil quince.
Y Visto: los autos caratulados “M., C. E. S/Denuncia
sobre Abuso de Autoridad y Viol. Deberes de Func. P.. (art. 248)”, Expte. Nº
FCT 6/2013/CA1 del registro de este Tribunal, provenientes del Juzgado Federal
Nº 2 de Corrientes.
Considerando:
Que estos obrados arriban a la alzada en virtud del recurso de apelación
interpuesto –por derecho propio por el Sr. C., contra la
resolución obrante a fs. 97/98 y vta., por medio de la cual el juez de anterior grado
resolvió “desestimar la instrucción en la presente causa por inexistencia de
delito” (art. 180, último párrafo, del CPPN”).
Verificado el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad formal, se
procede al tratamiento de los agravios expuestos en el libelo de fs. 105/116 y vta.
En lo esencial, el recurrente alega que el juez a quo ha manejado
arbitrariamente el material convictivo reunido en estos autos, ya que para fundar
su resolutorio ha tomado en cuenta solamente la versión de descargo
proporcionada por los funcionarios policiales a en sus respectivas declaraciones
testimoniales, y ha valorado de manera parcializada los dichos de los particulares
que oficiaron de testigos de actuación, sin ordena la realización del resto de las
diligencias probatorias propuestas por el recurrente en su denuncia penal. Refiere
que en dicha denuncia se señaló clara y concretamente que el personal policial
actuante, a cargo del S., obró de manera
irregular y desmesurada, afectando la dignidad del impugnante, además de
provocarle perjuicios de carácter moral y patrimonial. En este aspecto, destaca
que el 10 de abril de 2013, fue interceptado en la Ruta Provincial Nº 27 por tres
agentes de la Policía Federal Argentina, que le secuestraron la mercadería de
origen extranjero (insumos informáticos) que transportaba en un automóvil de su
propiedad, supuestamente porque carecía de la documentación correspondiente a
su importación. Pone énfasis en señalar que pese a haber exhibido a los agentes la
documentación que avalaba la tenencia de la mercadería en cuestión, éstos
llevaron igualmente adelante el procedimiento de secuestro sin observar el más
mínimo de cuidado. Asevera que luego de ser extraída del interior del rodado, la
mercadería quedó expuesta en la banquina de la ruta, desprovista de sus
envoltorios originales, hasta que fuera trasladada hasta la sede de la dependencia
policial, consignándose en el...
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