Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 26 de Octubre de 2020, expediente CNT 063304/2016/CA001

Fecha de Resolución26 de Octubre de 2020
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA

VII

Causa N°: 63304/2016

SENTENCIA INTERLOCUTORIA Nº 49748

CAUSA Nº 63.304/2016 - SALA VII - JUZGADO Nº 49

AUTOS: “R.D.V., G.E. c/ LOGÍSTICA LA

SERENISIMA S.A. y otro s/ despido”.

Buenos Aires, 26 de octubre de 2020.

VISTO:

La parte demandada apela a fs. 198/199, los estipendios allí regulados en favor del perito contador, porque los estima elevados.

El auxiliar contable, a fojas 200, cuestiona su retribución, porque la entiende baja.

Y CONSIDERANDO:

Que, ponderado el mérito y extensión de la labor cumplida, la importancia de sus conclusiones para la solución arribada en el pleito, lo dispuesto por los Arts. 15, 16, 21, 22, 25, 58, 59 y concordantes de la Ley 27.423 y demás las pautas arancelarias de aplicación -vigentes al tiempo de presentación del informe pericial-, el emolumento cuestionado luce bajo, por lo que se eleva a $12.500 (PESOS DOCE MIL QUINIENTOS).

Por lo expuesto, el Tribunal

RESUELVE:

1) Elevar los honorarios regulados en favor del perito contador en la resolución del 16 de setiembre de 2019 (fs. 198/199), a la suma de $12.500 (PESOS DOCE MIL QUINIENTOS). 2)

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el Art. 1º de la Ley 26.856 y con la acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y devuélvase.

Fecha de firma: 26/10/2020

Firmado por: N.R.B., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: H.H.K., SECRETARIO DE CAMARA

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