Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala III, 13 de Junio de 2023, expediente CAF 005003/2023/CA001

Fecha de Resolución13 de Junio de 2023
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala III

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

SALA III

5003/2023 RUBIO, EVA VICTORIA c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH

(EX S04 59972/14 - 6975/14 - RESOL 474/22)

s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3

Buenos Aires, de junio de 2023.- MST

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Que, por Resolución RESOL-2022-474-APN-MJ de fecha 13 de mayo de 2022 –que luce a fs. 39/41 del pdf titulado “

    EXPEDIENTE PARTE 2” incorporado al sistema Lex 100 el 1/03/2023-,

    el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos denegó el beneficio previsto por la Ley Nº 24.043 y sus modificatorias, a la señora E.V.R..

  2. Que, por presentación de fecha 14 de junio de 2022

    –obrante a fs. 75/83 del pdf titulado “EXPEDIENTE PARTE 2”

    incorporado al sistema Lex 100 el 1/03/2023-, la señora E.V.R. interpuso recurso de apelación directa contra el citado acto administrativo III.- Que el señor Director de Dictámenes de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos formuló el informe correspondiente que consta a fs.

    127/140 del pdf titulado “EXPEDIENTE PARTE 2” incorporado al sistema Lex 100 el 1/03/2023.

  3. Que, preliminarmente, cabe recordar que el Tribunal no se encuentra obligado a seguir al apelante en todas y cada una de las cuestiones y argumentaciones que propone a consideración de la Alzada, sino tan sólo aquéllas que son conducentes para decidir el caso y bastan para dar sustento a un pronunciamiento válido (confr.,

    CSJN, Fallos: 258:304; 262:222; 265:301; 272:225; 278:271;

    291:390; 297:140; 301:970; esta Sala, in rebus: “ACIJ c/ EN- ley 24240- Mº Planificación s/ proceso de conocimiento”, sentencia del 29/5/2008; “Multicanal S.A. y otro c/ ENSCI DLC (Actas 2600/09 y otras) s/ amparo ley 16.986", sentencia del 21/5/2009; “Ciudadanos Libres Calidad Institucional Asoc Civil c/ ENDto 67/10 s/ medida Fecha de firma: 13/06/2023

    Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

    cautelar (autónoma)”, sentencia del 21/10/2010; “CPACF- Inc Med (2-III-11) c/ BCRA Comunicación “A” 5147 y otro s/ proceso de conocimiento”, sentencia del 18/4/2011; “N.M.A.A. c/ ENDNM Disp 1207/11 –Legajo 13975- (S02:9068/11) s/

    medida cautelar (autónoma)”, sentencia del 25/8/2011, “R.R.O. c/ DGI s/ Recurso directo de organismo externo”,

    sentencia del 7/8/2014, “L., A.E. c/DGI s/Recurso directo de organismo externo”, sentencia del 7/5/2015; “A.M.A.J. c/ EN –M Interior OP y V-DNM s/ recurso directo DNM”, sentencia del 27/4/2018, entre otros).

  4. Que, a continuación, corresponde consignar que del análisis de las actuaciones sustanciadas en sede administrativa se verifica que el Representante Regional para el Sur de Sudamérica del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) certificó que el padre de la aquí actora –señor R.J.R.- fue reconocido como refugiado bajo Mandato por la Oficina del Alto Comisionado con sede en Brasil el 23 de febrero de 1978, junto con su grupo familiar integrado por la señora S.M.T. y sus hijas R.E.V. y R.S.G.V. y que allí se dejó asentado que en la misma fecha el señor R.J.R. y su grupo familiar fueron reasentados en Suecia (confr.

    certificado obrante a fs. 23 del pdf titulado “EXPEDIENTE PARTE 1”

    incorporado al sistema Lex 100 el 1/03/2023).

    También, se impone advertir que la compulsa del sistema Lex 100 da cuenta de que esta Sala admitió la pretensión indemnizatoria formulada en los términos de la Ley Nº 24.043 por el padre, la madre y la hermana de la aquí actora por los siguientes períodos: al padre, entre el 23 de febrero de 1978 y el 10 de diciembre de 1983, conf. sentencia de fecha 17/02/2021; a la madre,

    entre el 15 de marzo de 1977 y el 10 de diciembre de 1983, conf.

    Fecha de firma: 13/06/2023

    Firmado por: C.M.G., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.G.F., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: S.M.M., SECRETARIA DE CAMARA

    Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL-

    SALA III

    5003/2023 RUBIO, EVA VICTORIA c/ EN-M JUSTICIA Y DDHH

    (EX S04 59972/14 - 6975/14 - RESOL 474/22)

    s/INDEMNIZACIONES - LEY 24043 - ART 3

    sentencia de fecha 10/03/2021 y; a la hermana, entre el 15 de marzo de 1977 y el 10 de diciembre de 1983, conf. sentencia de fecha 10/03/2021.

  5. Que, ahora bien, se debe señalar –en cuanto a la normativa aplicable al caso- que la Ley Nº 24.043, en su art. 1º,

    establece que podrán acogerse a los beneficios contemplados en ella,

    las personas que durante la vigencia del estado de sitio hubieran sido puestas a disposición del Poder Ejecutivo Nacional, por decisión de éste, o que siendo civiles hubiesen sufrido detención en virtud de actos emanados de tribunales militares, hayan o no iniciado juicio por daños y perjuicios y siempre que no hubiesen percibido indemnización alguna en virtud de sentencia judicial, con motivo de los hechos contemplados en...

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