Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii, 14 de Febrero de 2018, expediente CNT 037843/2014/CA001

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2018
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vii

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA VII 37.843/2014 SENTENCIA DEFINITIVA Nº 51912 CAUSA Nº 37.843/2014 - SALA VII - JUZGADO Nº 10 En la ciudad de Buenos Aires, a los 14 días del mes de febrero de 2018 para dictar sentencia en los autos : “ROUSSEAU, MARIO HERNANM C/ SOCIEDAD ESPAÑOLA DE BENEFICENCIA S/ DESPIDO” , se procede a votar en el siguiente orden:

LA DOCTORA ESTELA MILAGROS FERREIRÓS DIJO:

  1. A fs. 4/6vta. se presenta el actor e inicia demanda contra SOCIEDAD ESPAÑOLA DE BENEFICENCIA en procura del cobro de unas sumas a las que se considera acreedor, con fundamento en las disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo.-

    Aduce que ingresó a trabajar en relación de dependencia con la demandada, conocida como HOSPITAL ESPAÑOL (dedicada a servicios hospitalarios de sus socios) con fecha 13-08-2007, en la categoría de “auxiliar de primera”, en las condiciones y con las características que detalla.-

    Da cuenta de las irregularidades e incumplimientos en que incurriera su empleadora lo que diera lugar a sus reclamos, los que debió documentar telegráficamente a partir de que se le adeudaran salarios íntegros desde el mes de octubre de 2013 en adelante, salarios por vacaciones, entre otros rubros que enumera y afirma que ante el silencio de aquélla, debió colocarse en situación de despido indirecto, respondiendo la misma en forma extemporánea.-

    Viene a reclamar las indemnizaciones correspondientes al despido incausado, multas e incrementos previstos en el ordenamiento laboral.-

    En su responde la demandada desconoce los extremos invocados por el actor, relata su versión de los hechos y pide, en definitiva, el rechazo del reclamo.-

    La sentencia de primera instancia obra a fs. 150/154, en la que la “a-quo”, luego de analizar los elementos de juicio aportados a la causa, decide en sentido favorable a las pretensiones del actor, lo que motiva el recurso de la demandada de fs. 155/158vta.-

  2. En líneas generales la demandada cuestiona el fallo en tanto la “a-quo”

    consideró que el despido decidido por el actor resultó legítimo mas, a mi juicio, allí se han evaluado adecuadamente los elementos fácticos y jurídicos de la causa y no veo en el escrito de recurso datos o argumentos que resulten eficaces para revertir sus conclusiones.-

    En efecto, la demandada no negó adeudar los salarios cuyo pago fue requerido por parte del actor, aunque adujo que respondió en tiempo la intimación enviada por aquél, en la que puso a...

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