Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - SALA X, 29 de Abril de 2016, expediente CNT 002618/2013/CA001

Fecha de Resolución29 de Abril de 2016
EmisorSALA X

Año del B. de la Declaración de la Independencia Nacional Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA X SENT.DEF. EXPTE. Nº CNT 2618/2013/CA1 (37182)

JUZGADO Nº 48 SALA X AUTOS: “R.D.A.C.M.G.A. Y OTROS S/ DESPIDO”

Buenos Aires,29/04/2016 El Dr. DANIEL E. STORTINI dijo:

I.V. estos autos a la segunda instancia con motivo de los agravios que contra la sentencia de fs.677/679 formula n el actor a fs.683/686 y la demandada a fs. 687/688, mereciendo réplicas adversarias a fs. 696/6979, 704/707 y 712/714. También apela a fs.689 la perito contadora por estimar bajos los honorarios regulados a su favor.

  1. El magistrado de la instancia anterior rechazó en lo sustancial la demanda impetrada por el actor al no tener por probados los presupuestos de hecho invocados en el inicio, referentes a la alegada continuidad del vínculo laboral con posterioridad a la suscripción del acuerdo extintivo celebrado entre el actor y los codemandados M. y R. en calidad de sucesores del Sr. C.A.R. en fecha 15/11/2011, el cual cuenta con homologación administrativa del Ministerio de Trabajo (ver fs. 459/464). La decisión motiva la apelación del actor quien, pese a la enjundia evidenciada al apelar, no logra conmover los fundamentos del fallo del modo exigido en el art. 116 de la LO.

    De conformidad con los términos de traba del litigio y ante las negativas formuladas por los demandados al contestar la demanda, por aplicación de las reglas del “onus probandi” correspondía al actor la carga procesal de demostrar que continuó prestando tareas para los sucesores del causante con posterioridad a la suscripción del mencionado acuerdo extintivo (art. 377 CPCCN).

    Considero, al igual que el magistrado de la instancia anterior, que dicha carga probatoria no resultó satisfecha por el actor.

    El testigo J.M.A. (a fs. 393), quien declaró a instancias de los demandados, ubica la desvinculación del actor en una fecha próxima a la del acuerdo referido pues en abril de 2014 manifestó que había ingresado a laborar para Fecha de firma: 29/04/2016 Firmado por: E.R.B., JUEZ DE CAMARA Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA #20750375#152279008#20160429123214298 M. en reemplazo del puesto del actor, a lo que añadió que laboraba para ella desde hacía dos años y medio, lo que lleva a ubicar ambos hechos a fines del año 2011. El testigo P. (a fs. 450), quien declaró a instancias del actor y dijo haberse desempeñado junto con él como chofer de un camión de propiedad del...

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