ROSARIO (S/C 513206 Feb. 1 Feb. 5)

Fecha05 Febrero 2024
Número de registro513206
EmisorROSARIO

Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Primera Nominación - Secretaría Uno de Rosario, en autos: FERNANDEZ ALMODOVAR, MARIA ANGELES c/MERINO, JUAN PABLO y Otros s/Daños y perjuicios; Expte. 528/2022, se hace saber que se cita y emplaza a los fines de comparecer a estar a derecho en el término de veinte (20) días a IREN WENCESLAO ISAAC (DNI 35.703.916) en los autos mencionados. Asimismo, se transcribe tos siguientes decretos: 1) ROSARIO, 24 de Agosto de 2022. Habiendo cumplimentado con lo ordenado, se provee, por presentada, domiciliada y por parte a mérito de la copla del poder especial que se acompaña y agrega. Acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Agréguese la boleta colegial acompañada. Por iniciada la acción de daños que expresa. Cítese y emplácese a MERINO PABLO, IREN WENCESLAO ISAAC y la citada en garantía FEDERACION PATRONAL SEGUROS para que comparezcan a estar a derecho y contesten la demanda dentro del término de veinte días. Por ofrecida prueba, téngase presente. Téngase presente las reservas formuladas. Concédase a la actora el beneficio de litigar sin gastos en los términos del Art. 333 CPCC a tener de la declaración jurada de pobreza acompañada. Hágase saber que las presentes actuaciones se desarrollarán en el marco del Plan Piloto de Oralidad en los Procesos de Responsabilidad Civil Extracontractual, impulsado por la Corte Suprema de la Provincia de Santa Fe, el Ministerio de Justicia y Derechos Rumanos de la Provincia de Santa Fe, en el marca de colaboración suscripto con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación , por lo que el presente tramitará conforme al protocolo de actuación establecido por Acordada Nro 7 de fecha 07/03/2019. En dicho marco, téngase presente que las audiencias sólo se suspenden por caso fortuito o fuerza mayor y la incomparecencia a las audiencias será valorada en orden al art. 4 de la ley 12851 (ley de aranceles profesionales). Líbrense los oficios al MPA, al RNPA, a los fines solicitados. Hágase saber a las partes que en su primera presentación deberán informar su mail, teléfono celular y whatsapp. Hágase saber que en oportunidad de celebrarse la Audiencia de Vista de Causa, deberá acompañar a) el original de la demanda o escrito ratificatorio de la misma; b) originales del poder especial y sellado del mismo, declaración jurada de pobreza, boleta inicial; c) sobres con la documental original de la oportunamente ofrecida. En caso de haberse...

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