Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de Salta, 22 de Septiembre de 2023, expediente FSA 007422/2023/CA001

Fecha de Resolución22 de Septiembre de 2023
EmisorCAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II - SECRETARIAPREVISIONAL 2

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II

ROMERO, MARCELA

ALEJANDRA c/ANSES s/RECURSO

DIRECTO LEY 24.241

,

EXPTE. Nº FSA 7422/2023

Salta, 22 de septiembre de 202.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

1) Que en fecha 14 de junio de 2023 la Dra. J.T.T. en representación de la Sra. M.A.R., con domicilio real en San Lorenzo N° 212, B° Bella Vista S/N, R. de L., Provincia de Salta, interpuso ante esta Cámara Federal de Apelaciones de Salta recurso de apelación en contra del dictámen de la Comisión Médica Central dependiente de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo recaído en el expediente nº 023-

P-00052/23 en fecha 7 de junio de 2023 en cuanto determinó un porcentaje de invalidez del 45,66 % de incapacidad laboral, considerando que no reúne las condiciones exigidas en el inciso a) del art. 48 de la ley 24.241 para acceder al beneficio de Retiro Transitorio por Invalidez.

Solicitó se declare la inconstitucionalidad del art. 49 inc. 4º

de la ley 24.241 en cuanto atribuye competencia a la Cámara Federal de la Seguridad Social como Tribunal de apelación respecto de los dictámenes de la Comisión Médica Central.

Planteó asimismo la inconstitucionalidad de la metodología de cuantificación del grado de invalidez conforme al criterio de capacidad residual del Anexo I del decreto 1290/94 modificado por el decreto 478/98 y de Fecha de firma: 22/09/2023

Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.R.S., SECRETARIO DE JUZGADO

la última parte del art. 48 inc. a) de la ley 24.241 en cuanto determina que se excluyen las invalideces sociales o de ganancias.

Requirió además se efectúe un control de convencionalidad respecto de los arts. 48 inc. a) y 49 ap. 4 y 5 de la ley 24.241, sus decretos y resoluciones reglamentarias y de los decretos 1290/1994 y su modificatorio 478/98.

Efectuó un relato de los hechos y de los antecedentes del caso y se agravió del dictamen recurrido.

2) Que el Fiscal Federal ante esta Cámara consideró que esta Cámara resulta competente para intervenir en estas actuaciones, siendo procedentes las inconstitucionalidades planteadas.

Para así dictaminar, tuvo en cuenta lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos “G., R.E.c.ón Médica Central y/o ANSES s/ Recurso Directo ley 24.241, E..

Nº 264/2019 de fecha 15/07/2021, concluyendo que la regla de competencia dispuesta en la ley 24.241 que concentra en la Cámara Federal de la Seguridad Social la revisión judicial de las decisiones relativas a retiros por invalidez, en las circunstancias particulares examinadas en la causa, afecta el derecho del recurrente a una tutela judicial efectiva en condiciones de igualdad, por lo que resulta inconstitucional.

En cuanto a la metodología de la cuantificación del grado de invalidez, advirtió que al no haber sido actualizada y excluir otras patologías invalidantes, ha devenido en inconstitucional.

Fecha de firma: 22/09/2023

Firmado por: G.F.E., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.I.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.R.S., SECRETARIO DE JUZGADO

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE SALTA - SALA II

3) Que el art. 49 de la ley 24.241 establece el procedimiento a seguir ante la solicitud de retiro por invalidez de un afiliado que no haya alcanzado la edad de acceso a la jubilación ordinaria y considere que su capacidad laborativa este disminuida en un 66% o más y la posterior actuación ante las comisiones médicas.

Específicamente en relación a la cuestión a decidir, el inciso 4 de la norma dispone que las resoluciones de la Comisión Médica Central serán recurribles por ante la Cámara Nacional de la Seguridad Social.

3.1) A la luz de lo planteado debe tenerse especialmente en cuenta lo resuelto el 15 de julio de 2021 por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en una causa de esta jurisdicción caratulada “G., R.E.c.ón Médica CentraL y/o ANSeS s/Recurso Directo Ley 24.241, E..

FSA 264/2019 (Fallos: 344:1788), en cuanto declaró la inconstitucionalidad del art. 49, inciso 4, primer párrafo, de la ley 24.241 que asigna competencia a la Cámara Federal de la Seguridad Social en los recursos contra las resoluciones de la Comisión Médica Central habilitando la intervención...

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