Sentencia de Cámara Federal de Apelaciones de la Seguridad Social - Camara Federal de la Seguridad Social - Sala 1, 13 de Septiembre de 2022, expediente CSS 103806/2017/CA001

Fecha de Resolución13 de Septiembre de 2022
EmisorCamara Federal de la Seguridad Social - Sala 1

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 1

Expte nº: 103806/2017 VCM

Autos: “R.L.O. c/ ANSES s/PENSIONES”

Sentencia Definitiva del Expte. Nº 103806/2017

Buenos Aires,

AUTOS Y VISTOS:

I ) Llegan las presentes actuaciones a conocimiento de este Tribunal en virtud del recurso de apelación de la demandada y de la actora contra la sentencia que resuelve hacer lugar a la demanda interpuesta; deja sin efecto la resolución administrativa impugnada y ordena a la A.N.Se.S. dictar una nueva, de conformidad y con los alcances de los considerandos pertinentes, todo ello dentro del plazo de 30 días, contados desde que quede firme el pronunciamiento. Asimismo en dicha sentencia se imponen las costas por su orden (Conf. art. 21 de la ley 24.463 y art.

3 del Decreto Nº 157/2018) y se difiere la regulación de honorarios para la etapa de ejecución y cuando medie liquidación definitiva.-

II) La parte demandada cuestiona la sentencia en tanto hace lugar a la demanda, dado que considera que resulta totalmente arbitraria,

efectuando una razonabilidad equivocada de la legislación aplicable y en total violación del ordenamiento legal y desatendiendo los fines tuitivos de la legislación y el sistema previsional. Además manifiesta que el fallo adolece de arbitrariedad, en cuanto no meritua acertadamente la procedencia de la resolución administrativa impugnada Fecha de firma: 13/09/2022

Alta en sistema: 15/09/2022

Firmado por: A.C.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: V.P.P., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.G.G. CASTILLO, SECRETARIA DE CAMARA

respecto de la cual ha sostenido su validez, agrega que no ha cumplimentado lo establecido por los diversos decretos reglamentarios del art 95 de la ley 24241.

Cuestiona el plazo de cumplimiento de la sentencia.

La parte actora cuestiona la tasa de interés establecida.

III) En orden a la cuestión traída a conocimiento de este Tribunal, cabe señalar que de las actuaciones administrativas surge que al “de cujus” fallecido a los 43 años de edad, se le reconocen 10 meses de servicios dependientes con aportes y se computan servicios autónomos desde el 1/3/1973 al 30/11/1975, del 1/4/1976 al 28/2/1977, del 1/9/1977 a 31/10/1977, 1/12/1977 a 31/12/1986 y del 1/1/1987 a 28/2/1998 incorporados a régimen de regularización voluntaria ley 26970, los que se encuentran impagos (ver resolución administrativa y cómputo de servicios reconocidos digitalizados), los que no pueden ser...

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