Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi, 23 de Noviembre de 2017, expediente CNT 057802/2015/CA001

Fecha de Resolución23 de Noviembre de 2017
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Vi

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA VI SENTENCIA INTERLOCUTORIA NRO. 42183 SALA VI Expte. Nº CNT 57802/2015 (JUZG. NRO. 76)

Autos: “ROMERO, JULIETA INELIA C/PORTILLO, C.R. Y OTRO S/DESPIDO”

Buenos Aires, 23 de NOVIEMBRE de 2017 VISTO:

El perito contador, apela la regulación de sus honorarios, por considerarlos reducidos (fs. 189).

Y CONSIDERANDO:

Que, teniendo en cuenta la naturaleza y extensión de las tareas desarrolladas en autos, el valor económico en juego y las pautas arancelarias de aplicación, los honorarios regulados al perito contador, lucen reducidos, por lo que corresponde su elevación al 6 %, porcentaje a calcularse sobre el monto de condena más intereses que se consolidará en la etapa prevista por el art. 132 de la ley 18.345.-

Por ello, EL TRIBUNAL

RESUELVE:

Elevar la regulación de honorarios del perito contador al 6 %, porcentaje a calcularse sobre el monto de condena más intereses que se consolidará en la etapa prevista por el art. 132 de la ley 18.345.-

Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013.

R., notifíquese y vuelvan.

Fecha de firma: 23/11/2017 Alta en...

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