Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala V, 23 de Febrero de 2021, expediente CAF 074529/2018/CA001

Fecha de Resolución23 de Febrero de 2021
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala V

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

FEDERAL- SALA V

74529/2018

ROJAS, M.A. Y OTROS c/ EN - M SEGURIDAD - GN

s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

En Buenos Aires, Capital Federal de la República Argentina, a los días del mes de febrero de dos mil veintiuno,

reunidos en Acuerdo los Señores Jueces de la S. V de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, para resolver el recurso interpuesto en el expediente “Rojas, M.Á. y otros c/ EN –M SEGURIDAD- GN s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE

LAS FFAA Y DE SEG” el Tribunal estableció la siguiente cuestión a resolver:

¿Se ajusta a derecho la sentencia apelada?

El Juez de Cámara, Dr. J.F.A. dijo:

  1. Que el 30 de diciembre de 2019, la jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó al Estado Nacional –

    Gendarmería Nacional– a incorporar con carácter remunerativo y bonificable los suplementos creados por el Decretos 1307/12 y sus modificatorios a los sueldos de los actores, devengados con anterioridad a los 2 años de interpuesta la demanda de autos y/o, en su caso, desde la presentación del reclamo administrativo o la resolución administrativa que lo deniega, hasta el efectivo pago. Impuso las costas por su orden.

  2. Que contra dicho pronunciamiento el Estado Nacional, apeló y fundó sus agravios el 3 de febrero de 2020, que fueron replicados por su contraria el 26 de julio de 2020. Por su parte, la actora apeló y expresó agravios el 11 de marzo de 2020, los que no fueron replicados por la parte contraria.

    El Estado Nacional se agravia por considerar que los suplementos creados por el Decreto 1307/12 tienen alcance limitado, son de naturaleza particular, y responden al cumplimiento de una función específica, por lo que no pueden considerarse suplementos generales.

    Fecha de firma: 23/02/2021

    Firmado por: PABLO GALLEGOS FEDRIANI, JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: G.F.T., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: A.L.P., SECRETARIA DE CAMARA INTERINA

    Firmado por: J.A., JUEZ DE CAMARA

    La actora se agravia de la manera en que fueron impuestas las costas en la instancia precedente y solicita que sean impuestas al Estado nacional que resultó vencido.

  3. Que la cuestión a resolver se centra en determinar si los suplementos creados por los Decretos 1307/12 y sus modificatorios deben ser incluidos en el “haber mensual” de los actores con carácter remunerativo y bonificable.

    En ese sentido, cabe señalar que, por el artículo 2º

    del Decreto 1307/12 se crearon cuatro suplementos: “de responsabilidad por cargo”, “por función intermedia”, “por cumplimiento de tareas...

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