Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 11 de Septiembre de 2008, expediente 41.684

Fecha de Resolución11 de Septiembre de 2008

Poder Judicial de la Nación Causa Nº41.684 "R.Z. s/

desestimación de denuncia".

Juzgado Federal Nº 3 - Secretaría Nº 6

Reg Nº: 1041

Buenos Aires, 11 de septiembre de 2008.

Y VISTOS

Y CONSIDERANDO:

I.

El Dr. Torres de Tolosa, pretenso querellante en las presentes actuaciones, interpuso recurso de apelación a fs. 263/286 contra la resolución de fs. 256/260, por la que el Sr. Juez de grado resolvió desestimar la presente denuncia por inexistencia de delito (art. 180, párrafo tercero del CPPN) y en consecuencia no hacer lugar a la solicitud de ser tenido como parte querellante.

La crítica al fallo, basada en la pretensión contraria al cese de la investigación, se encaró a través de dos herramientas procesales. En uno y otro caso, el pretenso querellante invocó los mismos argumentos para solicitar, por un lado, la nulidad del auto aquí cuestionado, y por otro, subsidiariamente, la apelación sub examine.

El primero de los planteos fue rechazado in limine por el a quo,

pues a su juicio el letrado se había limitado a "formular enunciaciones dogmáticas y a invocar tanto normas procesales, como constitucionales, supuestamente vulneradas; pretendiendo sin embargo y en definitiva, cuestionar, aunque por una vía elíptica e inadecuada, la postura adoptada por el Tribunal..." (fs. 288).

Subsistieron, entonces, los cuestionamientos incoados, mas como base para habilitar la jurisdicción de este Tribunal en los términos del artículo 451 del CPPN.

El recurso fue mantenido a fs. 338 y a fs. 346/378 se presentó

el informe previsto por el artículo 454 del CPPN.

II.

La presunta actividad delictiva denunciada por el Dr. Torres de Tolosa (asociación ilícita, falsedad ideológica, fraude procesal, tormento,

prevaricato, denegación de justicia y traición a la patria) comprendería la intervención de funcionarios, magistrados y particulares en el libramiento,

motivación y trámite de los pedidos de extradición -cuya validez y legitimidad también cuestiona- formulados por la justicia española en los años 2000, 2001,

2003 y 2007, en el marco de la causa nº 19/97, instruída por el Dr. B.G., titular del Juzgado de Instrucción Nº 5 de la Audiencia Nacional con sede en Madrid. Allí se investigan los delitos de terrorismo, genocidio, torturas y desaparición de personas que habrían sido perpetrados por el General J.R.V. y 97 personas más, en el territorio nacional, durante la dictadura militar instaurada en nuestro país desde marzo de 1976 hasta diciembre de 1983 conocida bajo...

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