Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 2 de Mayo de 2023, expediente COM 005621/2020/CA001

Fecha de Resolución 2 de Mayo de 2023
EmisorCamara Comercial - Sala B

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B

5621/2020 - RODRIGUEZ, M.A. c/ TARJETA SHOPING

(TARSHOP S.A.) Y OTRO s/ORDINARIO

Juzgado n°8 - Secretaría n°15

Buenos Aires,

  1. La codemandada Banco Hipotecario S.A apeló a foliatura digital 305 la sentencia de foliatura digital 295 que hizo lugar parcialmente a la demanda.

  2. De los fundamentos expuestos por el coaccianado se advierte que el valor económico involucrado en el recurso (suma por la cual prosperó la demanda, $

    205.000) no supera el monto mínimo de apelabilidad previsto en el CPr. 242 -texto según Acordada nro. 41/2019 de la CSJN publicada en el B.O. 30.12.2019-, que ascendía a $ 300.000 a la fecha de inicio de la demanda, esto es el 26.06.20 (conf.

    C.. esta Sala, in re “Sindicato de Trabajadores Pasteleros Confiteros Pizzeros Heladeros y Alfajoreros c/ García, M.J. s/ Ejecutivo”, del 24.08.2020; in re “SAD S.A. c/Centro de Educación Médica e Investigaciones Clínicas S.A. s/ord.”, del 3.11.2021; in re “P.D.G.c.C.S.s..”, del 11.04.2022; in re “L.E.J. c/Prestamos Dirigidos S.A. s/ord.”, 4.05.2022)

  3. Por lo expuesto, se declara inaudible el recurso de fs. 305, sin costas por no mediar contradictorio, por cuanto no cabe correr traslado de la expresión de agravios presentada.

  4. N. por Secretaría del Tribunal, conforme Acordadas n° 31/11 y 38/13 CSJN y sigan los autos según su estado.

  5. Cúmplase con la publicación a la Dirección de Comunicación Pública de la CSJN, según lo dispuesto en el art. 4 de la Acordada n° 15/13 CSJN. Se deja constancia que la presente resolución obra únicamente en formato digital.

  6. Firman las suscriptas por encontrarse vacante la vocalía n° 6 (conf. Art.

    109 RJN).

    M. GUADALUPE VÁSQUEZ

    MATILDE E. BALLERINI

    ADRIANA MILOVICH

    Prosecretaria de Cámara Fecha de firma: 02/05/2023

    Alta en sistema: 03/05/2023

    Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA

    Firmado por: A.E.M., PROSECRETARIA DE CAMARA

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